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España[email protected]Ayuda Pyme Soluciones Empresariales, S.L. · NIF B26766162
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Sufraga tus cuotas de autónomo con la Tarifa Cero en Extremadura

Servicio Extremeño Público de Empleo (sexpe)

Sufraga tus cuotas de autónomo con la Tarifa Cero en Extremadura

Beneficiarios

Autónomo

Ámbito

Extremadura

Ayuda

Hasta 1920 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si eres una persona desempleada que acaba de emprender en Extremadura, esta ayuda te ayuda a cubrir los costes de tu cuota de autónomo. Podrías usarla para aliviar el gasto mensual de la Seguridad Social o tu mutualidad alternativa durante tus primeros pasos. Está abierta a nuevos autónomos que cumplan los requisitos y el importe varía según tu perfil y situación personal.

¿Quién puede pedirla?

Personas desempleadas que se establezcan como trabajadoras autónomas en Extremadura y se den de alta en el RETA o mutualidad alternativa.

Autónomo

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. El importe máximo que puedes recibir es de 1920 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Sin concurso: no compites con nadie — se concede por orden de solicitud a quien cumple los requisitos, hasta agotar el presupuesto. Por eso llegar pronto importa.
  • Importe máximo: 1920 €
  • Sector: Comercio
Ayuda de importe pequeño

Por debajo de 3000 € la tramitación a éxito no compensa — ni a ti ni a nosotros. La ficha te cuenta todo lo necesario para pedirla por tu cuenta.

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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

El pago se realiza tras la concesión de la ayuda, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos.

¿Cuánto dinero te dan?

Puedes recibir hasta 1.920 euros si perteneces a los colectivos prioritarios, o 960 euros en el resto de los casos.

¿Quién puede pedirla?

Personas desempleadas que se establezcan como trabajadoras autónomas en Extremadura y se den de alta en el RETA o mutualidad alternativa.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de cinco meses desde la fecha de alta en la Seguridad Social o mutualidad. Se presenta de forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve, siempre que mantengas el alta y cumplas con las obligaciones de mantenimiento de la actividad.

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