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Protege y restaura tu inmueble histórico con estas ayudas

GOBIERNO de CANTABRIA Consejería de Cultura, Turismo y Deporte

Protege y restaura tu inmueble histórico con estas ayudas

Beneficiarios

Autónomo · Microempresa (1-9) · Pyme (10-249)

Ámbito

Cantabria

Ayuda

Hasta 30.000 €

Plazo

12 may 2026

¿Para qué te sirve?

Si eres dueño de un inmueble con valor histórico o cultural en Cantabria, esta ayuda te ayuda a conservarlo en buen estado. Podrías usarla para reparar cubiertas, restaurar fachadas de piedra, renovar carpinterías exteriores o recuperar elementos decorativos originales. La subvención cubre hasta el 50% de la inversión, con un máximo de 30.000 euros por proyecto.

¿Quién puede pedirla?

Empresas privadas (autónomos, sociedades civiles o mercantiles) que sean propietarias o poseedoras legítimas de inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de Cantabria.

AutónomoMicroempresa (1-9)Pyme (10-249)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 50% del coste elegible, con un límite de 30.000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 30.000 €
  • Intensidad: hasta el 50% del coste elegible
  • Sector: Turismo
Cerrada — volverá

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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

Para importes iguales o inferiores a 10.000 euros, se anticipa el 100% de la cuantía. Para importes superiores, se puede anticipar hasta el 75% sin necesidad de garantía.

¿Cuánto dinero te dan?

Puedes recibir hasta 30.000 euros, cubriendo un máximo del 50% de los gastos subvencionables de tu proyecto de conservación o restauración.

¿Quién puede pedirla?

Empresas privadas (autónomos o sociedades) que sean propietarias o poseedoras legítimas de inmuebles declarados Bien de Interés Cultural, Local, Catalogado o Inventariado en Cantabria.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 12 may 2026). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve siempre que cumplas con la ejecución de la obra, la justificación de los gastos y el resto de obligaciones de las bases.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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