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Plazo pendiente de confirmar

Rehabilita tu edificio para ahorrar energía

Beneficiarios

Autónomo · Pyme (10-249) · Asociación / entidad

Ámbito

Getafe

Ayuda

Hasta 21.400 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si eres propietario de un edificio o vivienda en el Barrio Juan de la Cierva de Getafe, esta ayuda te permite mejorar la eficiencia energética de tu inmueble. Podrías usarla para aislar fachadas, cambiar ventanas, instalar sistemas de energía renovable o renovar instalaciones térmicas. Está abierta a comunidades de propietarios, propietarios únicos y otros perfiles, cubriendo hasta el 80% de la inversión según el ahorro energético conseguido.

¿Quién puede pedirla?

Propietarios, usufructuarios, comunidades de propietarios o empresas arrendatarias de edificios en el Barrio Juan de la Cierva (Getafe) que realicen obras de rehabilitación energética.

AutónomoPyme (10-249)Asociación / entidad

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 80% del coste elegible, con un límite de 21.400 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 21.400 €
  • Intensidad: hasta el 80% del coste elegible
  • Sector: Eficiencia energética
Próximamente

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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

Se puede solicitar un anticipo del 50% tras la concesión. El resto se abona una vez finalizadas las obras, tras justificar la ejecución y estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

¿Cuánto dinero te dan?

La cuantía máxima varía según el ahorro energético logrado, pudiendo alcanzar hasta 21.400 € por vivienda (o más en casos de vulnerabilidad). La ayuda cubre entre el 40% y el 80% del coste de la actuación.

¿Quién puede pedirla?

Pueden solicitarla propietarios, usufructuarios, comunidades de propietarios o empresas arrendatarias de edificios situados en el Barrio Juan de la Cierva (Getafe), siempre que las obras reduzcan el consumo de energía primaria no renovable al menos un 30%.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de cuatro meses desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Se solicita obligatoriamente de forma electrónica a través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido. Solo deberás devolverla si incumples las condiciones, como no alcanzar el ahorro energético mínimo, no presentar la documentación en plazo o falsear datos.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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