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Rehabilita tu edificio para ahorrar energía

Ayuntamiento de Pinto

Rehabilita tu edificio para ahorrar energía

Beneficiarios

Asociación / entidad · Autónomo

Ámbito

Pinto

Ayuda

Según convocatoria

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si eres propietario o vives en una comunidad de vecinos, esta ayuda te permite mejorar la eficiencia energética de tu edificio. Podrías usarla para aislar fachadas, cambiar ventanas o renovar instalaciones térmicas, logrando un ahorro energético importante. La ayuda cubre una parte de la inversión total, dependiendo del ahorro conseguido.

¿Quién puede pedirla?

Propietarios, comunidades de propietarios, usufructuarios o arrendatarios de edificios de uso residencial en Pinto, con el requisito principal de obtener una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos el 30%.

Asociación / entidadAutónomo

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 80% del coste elegible del proyecto.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Intensidad: hasta el 80% del coste elegible
  • Sector: Eficiencia energética
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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

El abono se realiza tras la ejecución de las obras y la verificación de la documentación por parte de la Comunidad de Madrid. Existe la posibilidad de solicitar un anticipo del 50% bajo ciertas condiciones.

¿Cuánto dinero te dan?

La cuantía depende del ahorro energético conseguido, pudiendo cubrir entre el 40% y el 80% del coste de la actuación. Las bases establecen límites máximos por vivienda y metro cuadrado según el nivel de ahorro.

¿Quién puede pedirla?

Propietarios, comunidades de propietarios, usufructuarios o arrendatarios de edificios de uso residencial en Pinto, siempre que la actuación logre una reducción de al menos el 30% en el consumo de energía primaria no renovable.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de tres meses desde la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Se presenta de forma electrónica a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Pinto.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, pero deberás devolverla si incumples las condiciones, como no alcanzar el ahorro energético prometido, no justificar los gastos o si la vivienda se transmite en los cinco años siguientes a recibir una ayuda complementaria.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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