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Rehabilita la fachada de tu local en Sant Antoni de Portmany

Ayuntamiento de SANT Antoni de Portmany

Rehabilita la fachada de tu local en Sant Antoni de Portmany

Beneficiarios

Autónomo · Microempresa (1-9) · Pyme (10-249)

Ámbito

Sant Antoni de Portmany

Ayuda

Hasta 12.000 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si eres propietario o inquilino de un inmueble en Sant Antoni de Portmany, esta ayuda te ayuda a renovar su imagen exterior. Podrías usarla para reparar grietas, pintar la fachada o restaurar elementos decorativos dañados. Es una excelente oportunidad para mejorar la estética de tu negocio o vivienda, cubriendo hasta el 85% de la inversión según tu situación.

¿Quién puede pedirla?

Propietarios, usufructuarios o arrendatarios de inmuebles en suelo urbano de Sant Antoni de Portmany, siempre que el edificio cumpla los requisitos de conservación.

AutónomoMicroempresa (1-9)Pyme (10-249)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 85% del coste elegible, con un límite de 12.000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 12.000 €
  • Intensidad: hasta el 85% del coste elegible
  • Sector: Contratación
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Fuentes oficiales
Bases reguladoras (texto oficial)

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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

Las bases no lo concretan; te lo confirmamos al preparar tu expediente una vez se realice la justificación de las obras ejecutadas.

¿Cuánto dinero te dan?

La ayuda cubre hasta el 40% de la inversión con un máximo de 12.000€ para unifamiliares, pudiendo llegar al 70-85% en casos especiales. Para plurifamiliares, el límite se calcula por vivienda (2.000€, 3.000€ o 4.000€ según el caso) sin superar el 70% de la inversión.

¿Quién puede pedirla?

Personas físicas o jurídicas que sean propietarias, usufructuarias o arrendatarias de inmuebles en suelo urbano de Sant Antoni de Portmany. Se requiere acreditar la titularidad y, en caso de comunidades, el acuerdo de los propietarios.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOIB. La solicitud debe presentarse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Antoni.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve siempre que cumplas con el objeto de la ayuda y justifiques correctamente la inversión realizada.

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