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Consejería de Fomento, Ordenación Delterritorio y Medio Ambiente

Plazo pendiente de confirmar

Rehabilita edificios públicos para vivienda y alquiler en Cantabria

Beneficiarios

Asociación / entidad

Ámbito

Cantabria

Ayuda

Según convocatoria

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Esta ayuda está diseñada para que ayuntamientos y juntas vecinales de Cantabria puedan poner a punto edificios públicos y destinarlos a vivienda en alquiler o usos sociales. Podrías usarla para financiar las obras de rehabilitación, la reforma de instalaciones, los gastos de urbanización complementaria o los honorarios técnicos necesarios para el proyecto. El programa cubre la inversión realizada para transformar estos espacios en recursos útiles para los vecinos.

¿Quién puede pedirla?

Ayuntamientos y Juntas Vecinales de Cantabria que realicen inversiones en edificios de titularidad pública.

Asociación / entidad

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 100% del coste elegible del proyecto.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Intensidad: hasta el 100% del coste elegible
  • Sector: Comercio
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Bases reguladoras (texto oficial)

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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

El documento menciona la gestión de un segundo pago, pero no detalla los plazos exactos ni las condiciones de abono anticipado o tras justificación.

¿Cuánto dinero te dan?

El documento no especifica un importe máximo por beneficiario ni el porcentaje de cobertura, ya que estos detalles dependen de la convocatoria específica y la valoración de la actuación.

¿Quién puede pedirla?

Pueden solicitarla Ayuntamientos y Juntas Vecinales de Cantabria que posean edificios públicos destinados a vivienda en alquiler u otros usos.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El documento no indica una fecha límite concreta. La solicitud se presenta ante la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente mediante el modelo oficial.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, pero conlleva la obligación de mantener el destino del edificio para vivienda o uso público durante el plazo establecido en el convenio con GESVICAN (o cinco años para otros usos).

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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