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España[email protected]Ayuda Pyme Soluciones Empresariales, S.L. · NIF B26766162
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Pon en marcha tu casa del mayor con ayudas

Consellería de Política Social e Igualdad

Pon en marcha tu casa del mayor con ayudas

Beneficiarios

Autónomo · Pyme (10-249) · Asociación / entidad

Ámbito

Galicia

Ayuda

Hasta 15.000 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si eres un profesional o entidad que quiere abrir una casa del mayor en Galicia, esta ayuda te apoya en la inversión inicial y los gastos de funcionamiento. Podrías usarla para adaptar el local, comprar mobiliario especializado o cubrir los costes mensuales de mantenimiento y desplazamiento de los usuarios. La convocatoria está abierta para los años 2025 y 2026 y cubre los gastos necesarios para poner en marcha y mantener este servicio social.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos, pymes o entidades que promuevan la puesta en marcha de casas del mayor en Galicia.

AutónomoPyme (10-249)Asociación / entidad

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 100% del coste elegible, con un límite de 15.000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 15.000 €
  • Intensidad: hasta el 100% del coste elegible
  • Sector: Comercio
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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

Se puede solicitar un pago anticipado de hasta el 80% de la inversión tras la notificación de la concesión. El resto se abona tras la justificación documental de los gastos realizados.

¿Cuánto dinero te dan?

La ayuda cubre hasta el 100% de los gastos de inversión para la reforma y equipamiento, con un límite máximo de 15.000 euros por casa del mayor.

¿Quién puede pedirla?

Pueden solicitarla personas físicas (autónomos) o cooperativas de trabajo asociado que se establezcan en ayuntamientos gallegos de menos de 5.600 habitantes que no cuenten con recursos de atención diurna.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de un mes desde el día siguiente a la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia. La solicitud debe presentarse obligatoriamente por medios electrónicos en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, pero debes mantener la actividad y las instalaciones durante un periodo mínimo de 5 años. Si incumples los requisitos o la finalidad, deberás devolver la ayuda percibida junto con los intereses de demora.

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