
Impulsa tu proyecto teatral o circense con estas ayudas
Hasta210.000 €

Ayuntamiento de Coslada
Si formas parte de una asociación en Coslada, esta ayuda te ayuda a financiar tu participación en el Carnaval 2025. Podrías usarla para cubrir los gastos de confección de disfraces, la compra de materiales para vuestras coreografías o el alquiler de equipos de sonido. Es una oportunidad para potenciar vuestra presencia en el gran desfile y en el entierro de la sardina.
Asociaciones, federaciones y fundaciones inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Coslada con al menos un año de antigüedad y un mínimo de 25 socios.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. El importe máximo que puedes recibir es de 450 €.
Por debajo de 3000 € la tramitación a éxito no compensa — ni a ti ni a nosotros. La ficha te cuenta todo lo necesario para pedirla por tu cuenta.
Se parecen a la que buscabas y tienen el plazo abierto. Las tramitamos por ti.

Impulsa tu proyecto teatral o circense con estas ayudas
Hasta210.000 €

Financia tus giras de teatro y circo a nivel nacional e internacional
Hasta80.000 €

Refuerza la seguridad de tu negocio con estas ayudas
Importe según convocatoria
Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
El abono se realiza mediante transferencia bancaria tras la concesión de la ayuda por la Junta de Gobierno Local y la fiscalización del gasto.
Puedes recibir hasta un máximo de 450,00 euros por entidad, siempre condicionado a los gastos justificados y a la disponibilidad presupuestaria.
Asociaciones, federaciones y fundaciones inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Coslada con al menos un año de antigüedad, un mínimo de 25 socios y sede social en el municipio.
El plazo es de 10 días hábiles desde la publicación en el BOCM. La solicitud debe presentarse obligatoriamente a través del registro electrónico municipal en la web del Ayuntamiento de Coslada.
Es una subvención a fondo perdido, pero deberás justificar el gasto en un plazo máximo de 2 meses tras el abono. Si la documentación justificativa es inferior a la ayuda concedida, deberás reintegrar el importe no ejecutado.