
Impulsa tu nuevo negocio con ayudas para gastos iniciales
Hasta12.000 €

Cabildo Insular de Fuerteventura
Autónomo · Microempresa (1-9)
Fuerteventura
Hasta 16.500 €
Pendiente de confirmar
Si has emprendido recientemente o vas a hacerlo en Fuerteventura, esta ayuda te apoya en tus primeros pasos. Podrías usarla para pagar los gastos de constitución, comprar maquinaria, equipos informáticos o cubrir parte de tus cuotas de autónomo durante los primeros seis meses. Es una subvención a fondo perdido que te ayuda a consolidar tu proyecto empresarial.
Personas físicas o jurídicas que hayan iniciado su actividad entre el 1 de noviembre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025, con domicilio fiscal en Fuerteventura.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. El importe máximo que puedes recibir es de 16.500 €.
Te avisamos el día que se pueda pedir.
Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.
Se parecen a la que buscabas y tienen el plazo abierto. Las tramitamos por ti.

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Importe según convocatoria

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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
El pago se realiza mediante transferencia bancaria tras la justificación de la inversión y la comprobación por parte del órgano competente de que el beneficiario está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
El importe máximo subvencionable varía según el concepto: hasta 5.000€ para gastos de constitución, 2.500€ para cuotas de autónomos y 9.000€ para activos fijos. El porcentaje de cobertura no se especifica de forma global, pero se detalla que el 80% de la dotación total proviene del FDCAN y el 20% de fondos propios del Cabildo.
Pueden solicitarla personas físicas o jurídicas (incluyendo agrupaciones) que hayan iniciado su actividad entre el 1 de noviembre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025, con domicilio fiscal y social en Fuerteventura y que cumplan los requisitos de pequeña empresa.
El plazo es de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP. La solicitud debe presentarse exclusivamente de forma telemática a través de la sede electrónica del Cabildo Insular de Fuerteventura.
Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con el objeto de la ayuda. Deberás devolverla si no justificas los gastos, si no mantienes los bienes activos durante al menos tres años o si incumples las condiciones establecidas en las bases.
Aún sin fecha de convocatoria