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Invierte en la transformación y venta de tus productos agrícolas

Dirección General de Desarrollo Rural

Invierte en la transformación y venta de tus productos agrícolas

Beneficiarios

Autónomo · Microempresa (1-9) · Pyme (10-249)

Ámbito

Comarca Tajo-Salor-Almonte

Ayuda

Hasta 150.000 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si te dedicas al sector agroalimentario en la comarca Tajo-Salor-Almonte, esta ayuda te permite dar un salto de calidad en tu negocio. Podrías usarla para modernizar tu maquinaria de envasado, mejorar tus instalaciones de transformación o implementar nuevas tecnologías de comercialización. Es una subvención a fondo perdido que cubre hasta el 50% de tu inversión, diseñada para que tu producción sea más competitiva.

¿Quién puede pedirla?

Personas físicas o jurídicas (incluyendo pymes y comunidades de bienes) que realicen proyectos de transformación y comercialización de productos agrícolas en los municipios de la comarca Tajo-Salor-Almonte.

AutónomoMicroempresa (1-9)Pyme (10-249)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 50% del coste elegible, con un límite de 150.000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 150.000 €
  • Intensidad: hasta el 50% del coste elegible
  • Sector: Comercio
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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

El pago se realiza tras la justificación de la ejecución de las inversiones, conforme a lo establecido en las bases reguladoras.

¿Cuánto dinero te dan?

La ayuda cubre hasta el 50% de la inversión elegible, con un límite máximo de 150.000 euros por proyecto.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos y pymes (incluidas comunidades de bienes) que realicen proyectos productivos en los municipios de la comarca Tajo-Salor-Almonte.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de 3 meses desde la publicación del extracto en el DOE. Se solicita de forma telemática a través del portal oficial de la Junta de Extremadura.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve, siempre que mantengas la actividad y las inversiones durante al menos 5 años.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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