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Inicio/Internacionalización

ICEX España Exportación e Inversiones, EP e.

Convocatoria cerrada

Internacionaliza tu negocio tras los daños de la dana

Beneficiarios

Pyme (10-249)

Ámbito

Toda España

Ayuda

Hasta 300.000 €

Plazo

4 jun 2025

¿Para qué te sirve?

Si tu empresa se vio afectada por la DANA, esta ayuda de ICEX te apoya para retomar y potenciar tu actividad internacional. Podrías usarla para recuperar proyectos de exportación, asistir a ferias comerciales o adaptar tu estrategia de ventas en mercados exteriores. Está abierta a empresas españolas que sufrieron los efectos del fenómeno meteorológico y cubre una parte importante de los gastos.

¿Quién puede pedirla?

Empresas legalmente constituidas en España que se hayan visto afectadas por el fenómeno atmosférico de la DANA entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

Pyme (10-249)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 70% del coste elegible, con un límite de 300.000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 300.000 €
  • Intensidad: hasta el 70% del coste elegible
  • Sector: Internacionalización
Cerrada — volverá

Suele reabrir cada año. Te avisamos el primer día.

¿Cuál es tu correo?

Al continuar aceptas los términos y la política de privacidad, y que Fondai te contacte por correo electrónico, llamada telefónica, SMS y WhatsApp para gestionar tus ayudas y avisarte de las que te encajen. Puedes pedirnos que paremos cuando quieras.

Te avisamos en cuanto se pueda pedir. Y si luego la pedimos por ti, el dinero que te ingrese la administración es entero para ti: Fondai no se lleva nada. Es gratis: no pagas nada, ni ahora ni cuando te la concedan.

¿Por qué es gratis?

Porque no vivimos de tu subvención. Fondai tiene acuerdos con los proveedores que ejecutan los proyectos subvencionados, y de ahí salen nuestros ingresos. Tú no pagas nada, ni al empezar ni cuando te la concedan, y no estás obligado a contratar a ningún proveedor para usar el servicio. Y ese acuerdo no cambia lo que te decimos: qué ayudas te encajan, qué exige cada una y qué te conviene hacer se decide leyendo sus bases oficiales, nunca por quién nos paga.

Personas reales, no un formulario anónimo: quiénes somos.

Estas sí puedes pedirlas ahora

Se parecen a la que buscabas y tienen el plazo abierto. Las tramitamos por ti.

Expande tu negocio al mercado internacional
Cubre el 45%

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Ver todas las que están abiertas
Fuentes oficiales
Bases reguladoras (texto oficial)
Cerrada — volverá

Suele reabrir cada año. Te avisamos el primer día.

¿Cuál es tu correo?

Al continuar aceptas los términos y la política de privacidad, y que Fondai te contacte por correo electrónico, llamada telefónica, SMS y WhatsApp para gestionar tus ayudas y avisarte de las que te encajen. Puedes pedirnos que paremos cuando quieras.

Te avisamos en cuanto se pueda pedir. Y si luego la pedimos por ti, el dinero que te ingrese la administración es entero para ti: Fondai no se lleva nada. Es gratis: no pagas nada, ni ahora ni cuando te la concedan.

¿Por qué es gratis?

Porque no vivimos de tu subvención. Fondai tiene acuerdos con los proveedores que ejecutan los proyectos subvencionados, y de ahí salen nuestros ingresos. Tú no pagas nada, ni al empezar ni cuando te la concedan, y no estás obligado a contratar a ningún proveedor para usar el servicio. Y ese acuerdo no cambia lo que te decimos: qué ayudas te encajan, qué exige cada una y qué te conviene hacer se decide leyendo sus bases oficiales, nunca por quién nos paga.

Personas reales, no un formulario anónimo: quiénes somos.

Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

Las bases no concretan los plazos de pago; te lo confirmamos al preparar tu expediente una vez revisada la convocatoria completa.

¿Cuánto dinero te dan?

El documento no especifica el importe máximo por beneficiario ni el porcentaje de cobertura; las bases reguladoras de la convocatoria original deben consultarse para estos detalles.

¿Quién puede pedirla?

Empresas legalmente constituidas en España que hayan sufrido los efectos del fenómeno atmosférico de la DANA entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 4 jun 2025). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve siempre que se cumplan las condiciones y obligaciones establecidas en la resolución de concesión.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

Cerrada — suele reabrir cada año

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