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Impulsa tu nuevo negocio en Sevilla con estas ayudas

Ayuntamiento de Sevilla

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Beneficiarios

Autónomo · Microempresa (1-9)

Ámbito

Sevilla

Ayuda

Hasta 5000 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si has montado tu empresa recientemente en Sevilla, esta ayuda te ayuda a cubrir gastos iniciales y consolidar tu actividad. Podrías usarla para pagar servicios de marketing digital, contratar servicios de hosting o gestoría, o incluso para el alquiler de tu local o espacio de coworking. Es una subvención a fondo perdido que cubre hasta el 80% de tus gastos, con un máximo de 5.000 euros por proyecto.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos y empresas (personas físicas o jurídicas) con menos de 10 trabajadores, domicilio fiscal en Sevilla y cuya actividad haya iniciado entre el 1 de abril de 2024 y el mes anterior a la publicación de la convocatoria.

AutónomoMicroempresa (1-9)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 80% del coste elegible, con un límite de 5000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 5000 €
  • Intensidad: hasta el 80% del coste elegible
  • Sector: Digitalización
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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

El pago se realiza mediante transferencia bancaria una vez que hayas acreditado y justificado la realización de los gastos subvencionados.

¿Cuánto dinero te dan?

Puedes recibir hasta 5.000 euros, cubriendo un máximo del 80% de los gastos subvencionables que presentes.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos y empresas constituidas en Sevilla entre el 1 de abril de 2024 y la fecha de la convocatoria, con una plantilla máxima de 10 trabajadores.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de 15 días hábiles desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia. Se presenta a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Sevilla.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con la finalidad, los plazos y las obligaciones de justificación.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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