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Impulsa tu negocio local con los bonos de comercio de Irura

Ayuntamiento de Irura

Impulsa tu negocio local con los bonos de comercio de Irura

Beneficiarios

Autónomo · Microempresa (1-9) · Pyme (10-249)

Ámbito

Irura

Ayuda

Según convocatoria

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si tienes un comercio, establecimiento de hostelería o servicios en Irura, esta ayuda te ayuda a fomentar las ventas en tu local. Podrías usarla para compensar los gastos derivados de tu actividad comercial y dinamizar tu negocio frente a los vecinos. Es una convocatoria pensada para apoyar al tejido empresarial del municipio.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos y empresas con establecimiento comercial, de hostelería o servicios en Irura que cumplan con los requisitos de las bases.

AutónomoMicroempresa (1-9)Pyme (10-249)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 20% del coste elegible del proyecto.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Intensidad: hasta el 20% del coste elegible
  • Sector: Turismo
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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

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Ver todas las que están abiertas
Fuentes oficiales
Bases reguladoras (texto oficial)

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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

El Ayuntamiento abonará el 100% del valor de los bonos mediante transferencia bancaria a la cuenta facilitada tras la justificación de las ventas.

¿Cuánto dinero te dan?

El Ayuntamiento subvenciona el 20% del valor de los bonos de compra adquiridos por los clientes para gastar en tu establecimiento.

¿Quién puede pedirla?

Negocios de comercio, hostelería o servicios con local abierto en Irura que estén dados de alta en el IAE y al corriente de sus obligaciones tributarias.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de 4 días naturales desde la publicación de las bases en el Boletín Oficial de Gipuzkoa. Se presenta a través del registro electrónico o presencialmente en el Ayuntamiento.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, pero deberás devolverla si no presentas la justificación económica en plazo o si incumples las condiciones exigidas.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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