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España[email protected]Ayuda Pyme Soluciones Empresariales, S.L. · NIF B26766162
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Impulsa tu evento de innovación en Madrid

ÁREA Delegada de Emprendimiento, Empleo e Innovación.

Impulsa tu evento de innovación en Madrid

Beneficiarios

Pyme (10-249) · Grande (250+)

Ámbito

Madrid

Ayuda

Hasta 200.000 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si organizas eventos que promueven la tecnología, la ciencia o el emprendimiento en Madrid, esta ayuda te interesa. Podrías usarla para cubrir gastos de producción, alquiler de espacios, honorarios de ponentes o la difusión de tu evento. La ayuda cubre el 50% de los costes, hasta un máximo de 200.000 euros, para eventos que se celebren entre noviembre de 2024 y octubre de 2025.

¿Quién puede pedirla?

Empresas (sociedades mercantiles) que organicen eventos de innovación en Madrid con un coste mínimo de 150.000 euros.

Pyme (10-249)Grande (250+)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 50% del coste elegible, con un límite de 200.000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 200.000 €
  • Intensidad: hasta el 50% del coste elegible
  • Sector: Digitalización
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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

Las bases no lo concretan; te lo confirmamos al preparar tu expediente.

¿Cuánto dinero te dan?

El documento no especifica el importe máximo por beneficiario, solo menciona el presupuesto total y la relación de beneficiarios ya aprobada en el anexo I.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos y empresas que promuevan eventos de ciencia, tecnología, emprendimiento e innovación en la ciudad de Madrid.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo de solicitud ya ha finalizado, ya que la resolución se refiere a la anulación parcial de una convocatoria del ejercicio 2025.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, siempre que cumplas con los fines de la convocatoria y justifiques correctamente los gastos realizados.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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