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España[email protected]Ayuda Pyme Soluciones Empresariales, S.L. · NIF B26766162
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Impulsa tu editorial aragonesa con estas ayudas

Dirección General de Cultura

Impulsa tu editorial aragonesa con estas ayudas

Beneficiarios

Autónomo · Pyme (10-249) · Asociación / entidad

Ámbito

Aragón

Ayuda

Hasta 2500 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si tienes una editorial o una entidad sin ánimo de lucro con sello editorial en Aragón, esta ayuda te ayuda a financiar tus nuevos proyectos. Podrías usarla para cubrir gastos de diseño, impresión, encuadernación o incluso parte del salario del personal dedicado a esa obra. Está abierta a empresas y entidades aragonesas y cubre hasta el 80% de la inversión, con un máximo de 2.500 euros por proyecto.

¿Quién puede pedirla?

Empresas editoriales (personas físicas o jurídicas) y entidades sin ánimo de lucro con sello editorial y domicilio social en Aragón.

AutónomoPyme (10-249)Asociación / entidad

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 80% del coste elegible, con un límite de 2500 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 2500 €
  • Intensidad: hasta el 80% del coste elegible
  • Sector: Innovación
Ayuda de importe pequeño

Por debajo de 3000 € la tramitación a éxito no compensa — ni a ti ni a nosotros. La ficha te cuenta todo lo necesario para pedirla por tu cuenta.

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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

El pago se realiza tras justificar la finalización de la actividad y acreditar el gasto y el pago realizado ante la Dirección General de Cultura.

¿Cuánto dinero te dan?

Puedes recibir entre 500 y 2.500 euros por proyecto editorial, cubriendo hasta un máximo del 80% del coste total de la actividad.

¿Quién puede pedirla?

Pueden solicitarla empresas editoriales (autónomos o sociedades) y entidades sin ánimo de lucro que tengan sello editorial y domicilio social en Aragón.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de 10 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOA. Se presenta obligatoriamente de forma electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve siempre que cumplas con el objeto de la ayuda, la tirada mínima y justifiques correctamente los gastos.

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