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Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana

Plazo pendiente de confirmar

Impulsa la construcción de viviendas protegidas en Extremadura

Beneficiarios

Autónomo · Pyme (10-249) · Grande (250+) · Asociación / entidad

Ámbito

Extremadura

Ayuda

Hasta 4000 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si eres promotor de vivienda protegida de nueva construcción, esta ayuda te apoya en el desarrollo de tus proyectos. Podrás usarla para financiar la promoción de viviendas de régimen especial, incluyendo la modalidad de programa especial. Está abierta a personas y entidades promotoras y cubre una ayuda fija por vivienda.

¿Quién puede pedirla?

Personas o entidades promotoras que hayan obtenido la calificación provisional de vivienda protegida de nueva construcción de régimen especial en Extremadura.

AutónomoPyme (10-249)Grande (250+)Asociación / entidad

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. El importe máximo que puedes recibir es de 4000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Sin concurso: no compites con nadie — se concede por orden de solicitud a quien cumple los requisitos, hasta agotar el presupuesto. Por eso llegar pronto importa.
  • Importe máximo: 4000 €
  • Sector: Comercio
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Importe según convocatoria

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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

Se realiza mediante pago único tras justificar la subvención, o mediante pago único anticipado tras la calificación provisional e inicio de obras.

¿Cuánto dinero te dan?

La cuantía de la ayuda es de 4.000 euros por vivienda.

¿Quién puede pedirla?

Personas o entidades promotoras que hayan obtenido la calificación provisional de vivienda protegida de nueva construcción de régimen especial en Extremadura.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de un año desde la publicación de la convocatoria. Se solicita a través del Registro Electrónico General de la Junta de Extremadura.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, pero deberás devolverla si incumples las obligaciones, como no obtener la calificación definitiva o no justificar la inversión.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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