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España[email protected]Ayuda Pyme Soluciones Empresariales, S.L. · NIF B26766162
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Forma a tus trabajadores con subvenciones en Asturias

Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias

Forma a tus trabajadores con subvenciones en Asturias

Beneficiarios

Pyme (10-249) · Asociación / entidad

Ámbito

Principado de Asturias

Ayuda

Según convocatoria

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si tienes un negocio en Asturias, esta ayuda te permite financiar la formación de tu plantilla para obtener certificados profesionales. Podrías usarla para mejorar las competencias de tus empleados actuales o preparar a nuevos trabajadores en sectores clave para tu actividad. Es una excelente oportunidad para invertir en el talento de tu equipo sin que el coste de la formación recaiga íntegramente en tu caja. La ayuda cubre los programas formativos conducentes a certificados profesionales.

¿Quién puede pedirla?

Empresas y entidades con trabajadores (ocupados o desempleados) en Asturias que deseen realizar programas de formación profesional.

Pyme (10-249)Asociación / entidad
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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

Estas sí puedes pedirlas ahora en Principado de Asturias

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Fuentes oficiales
Bases reguladoras (texto oficial)

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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

Al tratarse de una renuncia a una subvención, no existe cobro asociado a este acto administrativo.

¿Cuánto dinero te dan?

Esta resolución no concede dinero, sino que formaliza la renuncia parcial a una subvención previamente otorgada por un importe de 167.256,00 €.

¿Quién puede pedirla?

Este trámite es específico para la entidad beneficiaria (Fundación Comarcas Mineras) que ha presentado la renuncia a la subvención concedida.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo de solicitud ya ha concluido, ya que se trata de una resolución de aceptación de renuncia sobre un expediente ya tramitado.

¿Hay que devolverla?

No aplica, puesto que la entidad ha renunciado a una parte de la ayuda que le fue concedida previamente.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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