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España[email protected]Ayuda Pyme Soluciones Empresariales, S.L. · NIF B26766162
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Beneficiarios

Pyme (10-249) · Asociación / entidad

Ámbito

Extremadura

Ayuda

Según convocatoria

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si buscas personal cualificado, esta ayuda te apoya para contratar a personas desempleadas mediante acciones formativas. Podrías usarla para cubrir los costes de formación específica que necesiten tus nuevos trabajadores antes de incorporarse a tu plantilla. Está dirigida a empresas y entidades de formación que se comprometan a contratar a los alumnos formados. El programa facilita la inserción laboral y el acceso a talento adaptado a las necesidades reales de tu negocio.

¿Quién puede pedirla?

Empresas y entidades de formación en Extremadura que realicen acciones formativas con compromiso de contratación de personas desempleadas.

Pyme (10-249)Asociación / entidad
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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

Se realiza un primer pago anticipado del 50% tras la concesión y acreditación del inicio de la formación. El 50% restante se abona tras justificar la totalidad de la ayuda y el alumnado que ha finalizado.

¿Cuánto dinero te dan?

La cuantía se calcula multiplicando el número de horas de formación por el número de alumnos y el módulo económico específico de la especialidad (Anexo I). Las bases no especifican un límite máximo por beneficiario, solo un presupuesto total de 1.000.000 €.

¿Quién puede pedirla?

Empresas o entidades con centros de trabajo en Extremadura que asuman el compromiso de contratar al menos al 40% de las personas formadas.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de un año desde el día siguiente a la publicación en el DOE. Se solicita de forma electrónica a través de la web extremaduratrabaja.juntaex.es.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, pero deberás devolverla si incumples el compromiso de contratación o las condiciones de formación establecidas en la normativa.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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