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Contrata personal para sustituir a empleados en excedencia

Lanbide-servicio Vasco de Empleo

Contrata personal para sustituir a empleados en excedencia

Beneficiarios

Autónomo · Microempresa (1-9) · Pyme (10-249)

Ámbito

País Vasco

Ayuda

Según convocatoria

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Esta ayuda está diseñada para apoyar a tu negocio cuando necesitas cubrir una baja temporal. Podrías usarla para contratar a alguien que sustituya a un trabajador o socio que se ha cogido una excedencia o reducción de jornada por cuidado de hijos o familiares dependientes. Es una subvención directa que te ayuda a mantener la actividad de tu empresa sin que la conciliación familiar afecte a tu productividad.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos y empresas que necesiten contratar a personas desempleadas para sustituir a trabajadores o socios en excedencia o reducción de jornada por cuidado de familiares en el País Vasco.

AutónomoMicroempresa (1-9)Pyme (10-249)
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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

El documento no detalla los plazos específicos de pago, los cuales se determinarán tras la resolución del expediente por la Dirección de Empresas y Emprendimiento.

¿Cuánto dinero te dan?

El presupuesto total asignado es de 1.055.000,00 euros, pero las bases no especifican el importe máximo individual por beneficiario ni el porcentaje de cobertura.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos y empresas del País Vasco que contraten a personas inscritas como desempleadas para sustituir a trabajadores o socios en excedencia o reducción de jornada por cuidado de familiares.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

La solicitud se realiza de forma electrónica a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el enlace disponible en la web de Lanbide.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve, siempre que se cumplan los requisitos de contratación y las obligaciones establecidas en la Ley de Subvenciones.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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