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Beneficiarios

Autónomo · Microempresa (1-9) · Pyme (10-249) · Asociación / entidad

Ámbito

Oropesa del Mar

Ayuda

Hasta 3000 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si tienes un negocio en Oropesa del Mar, esta ayuda te facilita la contratación de personas desempleadas. Podrías usarla para incorporar a alguien que te ayude en la tienda, reforzar el equipo de tu restaurante o cubrir un puesto en tu oficina. La subvención cubre parte del coste salarial, ayudándote a crecer sin que el gasto inicial sea un freno.

¿Quién puede pedirla?

Empresas, autónomos y entidades sin ánimo de lucro ubicados en Oropesa del Mar que contraten a personas desempleadas empadronadas en el municipio.

AutónomoMicroempresa (1-9)Pyme (10-249)Asociación / entidad

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. El importe máximo que puedes recibir es de 3000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 3000 €
  • Sector: Contratación
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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

El pago se realiza tras justificar adecuadamente la ayuda, abonándose el 100% del importe concedido una vez finalizado el periodo subvencionable y presentada la documentación requerida.

¿Cuánto dinero te dan?

Puedes obtener 1.200 euros por contratos de al menos 6 meses o 1.500 euros por contratos indefinidos, con bonificaciones adicionales por colectivos específicos. El máximo total por solicitante es de 3.000 euros.

¿Quién puede pedirla?

Empresas, autónomos y entidades sin ánimo de lucro con centro de trabajo o sede social en Oropesa del Mar que contraten a personas desempleadas empadronadas en el municipio.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP de Castellón. Se presenta de forma telemática a través del Registro Electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido. Sin embargo, deberás devolverla si incumples las obligaciones, como no mantener el contrato o no justificar correctamente los gastos de personal.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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