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Contrata a personas con discapacidad en tu empresa

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Contrata a personas con discapacidad en tu empresa

Beneficiarios

Autónomo · Pyme (10-249) · Grande (250+) · Asociación / entidad

Ámbito

Andalucía

Ayuda

Hasta 5500 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si tienes una empresa en el mercado ordinario, esta ayuda te apoya para ampliar tu plantilla contratando a personas con discapacidad. Podrías usarla para formalizar nuevos contratos indefinidos o convertir contratos temporales en fijos. La ayuda cubre una cantidad fija por cada contrato, ayudándote a integrar talento diverso en tu equipo.

¿Quién puede pedirla?

Empresas privadas, autónomos y entidades sin ánimo de lucro del mercado ordinario en Andalucía que contraten a personas con discapacidad.

AutónomoPyme (10-249)Grande (250+)Asociación / entidad

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. El importe máximo que puedes recibir es de 5500 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Sin concurso: no compites con nadie — se concede por orden de solicitud a quien cumple los requisitos, hasta agotar el presupuesto. Por eso llegar pronto importa.
  • Importe máximo: 5500 €
  • Sector: Contratación
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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

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Fuentes oficiales
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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

El documento no detalla el procedimiento de pago, por lo que se remite a lo establecido en las bases reguladoras de la convocatoria original.

¿Cuánto dinero te dan?

El documento no establece un importe máximo por beneficiario, sino que detalla la ampliación del presupuesto total disponible para la línea de ayudas.

¿Quién puede pedirla?

Centros especiales de empleo ubicados en Andalucía que cumplan con los requisitos de inversión para la creación de empleo indefinido para personas con discapacidad.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

Esta resolución no abre un nuevo plazo de solicitud, sino que gestiona expedientes ya pendientes de resolución por falta de crédito.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, siempre que se cumplan los fines y obligaciones de mantenimiento de empleo y actividad establecidos en la normativa de aplicación.

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