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Contrata a personas con discapacidad en tu centro especial de empleo

Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias

Contrata a personas con discapacidad en tu centro especial de empleo

Beneficiarios

Pyme (10-249) · Asociación / entidad

Ámbito

Principado de Asturias

Ayuda

Según convocatoria

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si gestionas un Centro Especial de Empleo en Asturias, esta ayuda te apoya para cubrir parte de los costes salariales de tu plantilla. Podrías usarla para financiar los sueldos de tus trabajadores con discapacidad, incluyendo las pagas extras, o para mantener las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional. Está abierta a empresas y entidades sin ánimo de lucro y cubre una parte importante de los costes salariales.

¿Quién puede pedirla?

Centros Especiales de Empleo registrados en el Principado de Asturias, independientemente de su forma jurídica o tamaño.

Pyme (10-249)Asociación / entidad

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 50% del coste elegible del proyecto.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Intensidad: hasta el 50% del coste elegible
  • Sector: Contratación
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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

Se puede optar a un pago anticipado de hasta el 75% de la subvención concedida, previa constitución de garantía. El resto se abona tras justificar los costes salariales y cumplir los requisitos.

¿Cuánto dinero te dan?

La ayuda cubre hasta el 50% del salario mínimo interprofesional para contratos de personas con discapacidad, más un 10% adicional para casos de especiales dificultades. Para las Unidades de Apoyo, la cuantía es de 1.440 € anuales por trabajador destinatario.

¿Quién puede pedirla?

Pueden solicitarla los Centros Especiales de Empleo que estén debidamente calificados y registrados en el Principado de Asturias a fecha de solicitud.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de 10 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOPA. Se presenta preferentemente de forma electrónica a través de la sede electrónica del Principado de Asturias.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con las obligaciones. Deberás devolverla si incumples las condiciones de contratación, los plazos de justificación o si se detectan irregularidades.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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España[email protected]Ayuda Pyme Soluciones Empresariales, S.L. · NIF B26766162