
Forma a desempleados y contrátalos con esta ayuda
Importe según convocatoria
Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias
Plazo pendiente de confirmarPyme (10-249) · Asociación / entidad
Principado de Asturias
Según convocatoria
Pendiente de confirmar
Si gestionas un Centro Especial de Empleo en Asturias, esta ayuda te apoya para cubrir parte de los costes salariales de tu plantilla. Podrías usarla para financiar los sueldos de tus trabajadores con discapacidad, incluyendo las pagas extras, o para mantener las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional. Está abierta a empresas y entidades sin ánimo de lucro y cubre una parte importante de los costes salariales.
Centros Especiales de Empleo registrados en el Principado de Asturias, independientemente de su forma jurídica o tamaño.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 50% del coste elegible del proyecto.
Te avisamos el día que se pueda pedir.
Te avisamos en cuanto se pueda pedir. Y si luego la pedimos por ti, el dinero que te ingrese la administración es entero para ti: Fondai no se lleva nada.
Se parecen a la que buscabas y tienen el plazo abierto. Las tramitamos por ti.
Se puede optar a un pago anticipado de hasta el 75% de la subvención concedida, previa constitución de garantía. El resto se abona tras justificar los costes salariales y cumplir los requisitos.
La ayuda cubre hasta el 50% del salario mínimo interprofesional para contratos de personas con discapacidad, más un 10% adicional para casos de especiales dificultades. Para las Unidades de Apoyo, la cuantía es de 1.440 € anuales por trabajador destinatario.
Pueden solicitarla los Centros Especiales de Empleo que estén debidamente calificados y registrados en el Principado de Asturias a fecha de solicitud.
El plazo es de 10 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOPA. Se presenta preferentemente de forma electrónica a través de la sede electrónica del Principado de Asturias.
Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con las obligaciones. Deberás devolverla si incumples las condiciones de contratación, los plazos de justificación o si se detectan irregularidades.
Aún sin fecha de convocatoria