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España[email protected]Ayuda Pyme Soluciones Empresariales, S.L. · NIF B26766162
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Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias

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Beneficiarios

Pyme (10-249) · Grande (250+) · Asociación / entidad

Ámbito

Principado de Asturias

Ayuda

Hasta 266.000 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si tienes una empresa o entidad que invierte en innovación, esta ayuda te permite contratar a jóvenes menores de 30 años para impulsar tus proyectos. Podrías usarla para incorporar personal técnico en áreas como sanidad, ciencia de datos o sostenibilidad. La ayuda cubre los costes salariales de los contratos durante al menos un año.

¿Quién puede pedirla?

Empresas, centros tecnológicos, universidades y entidades que realicen actividad investigadora en Asturias; requisito clave: contratar a jóvenes menores de 30 años inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Pyme (10-249)Grande (250+)Asociación / entidad

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. El importe máximo que puedes recibir es de 266.000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 266.000 €
  • Sector: Digitalización
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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

Se puede solicitar un pago anticipado de hasta el 75% de la subvención, previa constitución de garantía. El resto se abona tras presentar la documentación justificativa.

¿Cuánto dinero te dan?

La cuantía depende del grupo de cotización del trabajador: 33.250€/año (grupos 1-2), 26.600€/año (grupos 3-7) o 19.950€/año (grupos 8-11). El máximo por beneficiario es de 266.000€.

¿Quién puede pedirla?

Empresas, centros tecnológicos, universidades y entidades sin ánimo de lucro con centro de trabajo en Asturias que realicen actividades de investigación e innovación.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOPA. Se presenta obligatoriamente por medios electrónicos en la sede electrónica del Principado de Asturias (ficha AYUD0541T01).

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, pero deberás devolverla si incumples las obligaciones, como no mantener la contratación mínima de 12 meses o no cumplir con los requisitos de publicidad.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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