
Consolida tu organización de productores pesqueros y acuícolas
Importe según convocatoria
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
Plazo pendiente de confirmarAutónomo · Pyme (10-249) · Asociación / entidad
Andalucía
Según convocatoria
Pendiente de confirmar
Si eres armador o tripulante de la flota pesquera o marisquera con puerto base en Andalucía, esta ayuda te compensa económicamente durante los periodos de parada temporal obligatoria. Podrías usarla para cubrir los gastos fijos y el mantenimiento de tu buque o para compensar la falta de ingresos durante los días que no puedes faenar. La cuantía máxima varía según la modalidad de pesca y si eres armador o tripulante, cubriendo los periodos establecidos en la convocatoria.
Armadores, explotadores y tripulantes de buques pesqueros con puerto base en Andalucía, o pescadores a pie, que acrediten al menos 120 días de actividad pesquera en los dos años civiles anteriores.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 100% del coste elegible del proyecto.
Te avisamos el día que se pueda pedir.
Te avisamos en cuanto se pueda pedir. Y si luego la pedimos por ti, el dinero que te ingrese la administración es entero para ti: Fondai no se lleva nada.
Se parecen a la que buscabas y tienen el plazo abierto. Las tramitamos por ti.
El pago se realiza tras la resolución favorable del órgano gestor, previa justificación de los requisitos y periodos de parada, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el beneficiario.
La cuantía máxima depende de la modalidad de pesca y si eres armador o tripulante, tal como se detalla en el Anexo III de la orden. La ayuda está cofinanciada al 70% por el FEMPA y el 30% por fondos nacionales o autonómicos.
Armadores, explotadores, tripulantes de buques pesqueros con puerto base en Andalucía y pescadores a pie, siempre que acrediten al menos 120 días de actividad pesquera en los dos años civiles anteriores a la solicitud.
El plazo general es durante los 10 últimos días hábiles de la parada temporal, presentándose de forma electrónica a través del Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía.
Es una subvención a fondo perdido, pero deberás devolverla si incumples los requisitos, falseas datos o no mantienes la actividad exigida. Existe un procedimiento de devolución voluntaria si recibes un ingreso indebido.
Aún sin fecha de convocatoria