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España[email protected]Ayuda Pyme Soluciones Empresariales, S.L. · NIF B26766162
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Compensa la paralización de tu flota pesquera en Andalucía

Consejería de Agricultura, Pesca, AGUA y Desarrollo Rural

Compensa la paralización de tu flota pesquera en Andalucía

Beneficiarios

Autónomo · Pyme (10-249) · Asociación / entidad

Ámbito

Andalucía

Ayuda

Según convocatoria

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si eres armador o tripulante de la flota pesquera o marisquera con puerto base en Andalucía, esta ayuda te compensa económicamente durante los periodos de parada temporal obligatoria. Podrías usarla para cubrir los gastos fijos y el mantenimiento de tu buque o para compensar la falta de ingresos durante los días que no puedes faenar. La cuantía máxima varía según la modalidad de pesca y si eres armador o tripulante, cubriendo los periodos establecidos en la convocatoria.

¿Quién puede pedirla?

Armadores, explotadores y tripulantes de buques pesqueros con puerto base en Andalucía, o pescadores a pie, que acrediten al menos 120 días de actividad pesquera en los dos años civiles anteriores.

AutónomoPyme (10-249)Asociación / entidad

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 100% del coste elegible del proyecto.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Sin concurso: no compites con nadie — se concede por orden de solicitud a quien cumple los requisitos, hasta agotar el presupuesto. Por eso llegar pronto importa.
  • Intensidad: hasta el 100% del coste elegible
  • Sector: Comercio
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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

El pago se realiza tras la resolución favorable del órgano gestor, previa justificación de los requisitos y periodos de parada, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el beneficiario.

¿Cuánto dinero te dan?

La cuantía máxima depende de la modalidad de pesca y si eres armador o tripulante, tal como se detalla en el Anexo III de la orden. La ayuda está cofinanciada al 70% por el FEMPA y el 30% por fondos nacionales o autonómicos.

¿Quién puede pedirla?

Armadores, explotadores, tripulantes de buques pesqueros con puerto base en Andalucía y pescadores a pie, siempre que acrediten al menos 120 días de actividad pesquera en los dos años civiles anteriores a la solicitud.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo general es durante los 10 últimos días hábiles de la parada temporal, presentándose de forma electrónica a través del Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, pero deberás devolverla si incumples los requisitos, falseas datos o no mantienes la actividad exigida. Existe un procedimiento de devolución voluntaria si recibes un ingreso indebido.

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