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Consejería de Agricultura, Pesca, AGUA y Desarrollo Rural
Según requisitos oficiales
Andalucía
Hasta 625.000 €
30 jun 2026
Orden por la que se convocan para el año 2026, las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), modificada por la Orden de 22 de mayo de 2024, que se citan.
Las ayudas están dirigidas a personas físicas o jurídicas (armadores/explotadores) de buques pesqueros, tripulantes, y pescadores a pie que hayan realizado actividad pesquera por al menos 120 días en los dos años civiles anteriores a la solicitud.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 70% del coste elegible, con un límite de 625.000 €.
Suele reabrir cada año. Te avisamos el primer día.
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
Calcular si te encaja y ver la ayuda es gratis. Si te la conceden, el 10% sale del dinero que te ingresan, nunca de tu bolsillo. Si no te la dan, no pagas nada.
El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 30 jun 2026). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.
Nosotros buscamos los documentos oficiales y preparamos el expediente. Tú solo respondes preguntas fáciles y aportas lo justo. Sin pisar una gestoría.
Depende de cada convocatoria: la administración resuelve y abona según sus plazos. Te guiamos también en la justificación para que llegue el cobro.
Cerrada — suele reabrir cada año