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Asegura el futuro de tu negocio con ayudas al relevo generacional

Dirección General de Comercio y Empresa

Asegura el futuro de tu negocio con ayudas al relevo generacional

Beneficiarios

Autónomo · Microempresa (1-9)

Ámbito

Illes Balears

Ayuda

Hasta 12.000 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si tienes un pequeño negocio en las Islas Baleares y estás pensando en traspasarlo o acabas de tomar las riendas, esta ayuda te apoya en el proceso. Podrías usarla para pagar los gastos de asesoría jurídica y notaría del traspaso, o para modernizar tu local con nuevas herramientas digitales. Está abierta a autónomos y microempresas, cubriendo hasta el 80% de tus gastos.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos y microempresas (menos de 10 trabajadores y menos de 2M€ de facturación) con sede en las Islas Baleares que realicen un proceso de relevo generacional.

AutónomoMicroempresa (1-9)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 80% del coste elegible, con un límite de 12.000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 12.000 €
  • Intensidad: hasta el 80% del coste elegible
  • Sector: Digitalización
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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

El pago se realiza tras dictarse la resolución de concesión y una vez justificada correctamente la realización de la actividad subvencionada y los gastos realizados.

¿Cuánto dinero te dan?

Puedes recibir hasta 8.000 € para el Programa I (relevo) y hasta 6.000 € para el Programa II (modernización), con un máximo total de 12.000 € por beneficiario. En ambos casos, la ayuda cubre hasta el 80% del gasto subvencionable.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos y microempresas (menos de 10 empleados y facturación < 2 millones €) con establecimiento físico en las Illes Balears que hayan formalizado un relevo generacional.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de tres meses desde el día siguiente a la publicación en el BOIB. Se presenta telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la Administración autonómica.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve. Sin embargo, deberás mantener la actividad, ubicación y denominación del negocio durante al menos dos años tras la concesión.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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