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Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura

Convocatoria cerrada

Traduce tus libros y obras a otras lenguas del Estado

Beneficiarios

Autónomo · Pyme (10-249)

Ámbito

Toda España

Ayuda

Según convocatoria

Plazo

8 may 2025

¿Para qué te sirve?

Si tienes una editorial, esta ayuda te apoya para traducir tus libros a otras lenguas oficiales de España. Podrías usarla para cubrir los costes de traducción de obras literarias o científicas que ya hayas publicado, ayudándote a llegar a nuevos lectores en todo el país. Es una subvención pensada para editoriales que busquen fomentar la riqueza cultural y lingüística, cubriendo hasta el 100% de los gastos de traducción.

¿Quién puede pedirla?

Personas físicas (autónomos) y jurídicas con actividad de edición de libros y residencia fiscal en España.

AutónomoPyme (10-249)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 100% del coste elegible del proyecto.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Intensidad: hasta el 100% del coste elegible
  • Sector: Innovación
Cerrada — volverá

Suele reabrir cada año. Te avisamos el primer día.

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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

El pago se realiza de forma anticipada una vez dictada la resolución de concesión, sin necesidad de constituir garantía.

¿Cuánto dinero te dan?

La ayuda cubre hasta el 100% del coste de la traducción. El importe máximo por beneficiario no está fijado como una cifra única, pero el presupuesto total de la convocatoria es de 200.000 euros.

¿Quién puede pedirla?

Pueden solicitarla personas físicas (autónomos) y jurídicas cuya actividad sea la edición de libros y tengan residencia fiscal en España.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 8 may 2025). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, pero deberás devolverla si incumples las obligaciones, como no realizar la edición en el plazo de 18 meses o no justificar correctamente los gastos.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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