
Financia tus gastos médicos y energéticos en Chumillas
Hasta1000 €
Ayuntamiento de PUIG de Santa Maria, el
Convocatoria abierta0 € por adelantado · solo 10% a éxito— cobramos después de que tú cobres
Si te encuentras en una situación de grave necesidad, esta ayuda del Ayuntamiento de El Puig de Santa María te ofrece un respiro económico. Podrías usarla para cubrir gastos básicos como el alquiler o la hipoteca de tu vivienda habitual, pagar facturas de luz o gas para evitar cortes, o sufragar gastos extraordinarios y de desplazamiento necesarios. Es una ayuda directa para personas o unidades familiares que no cuentan con recursos suficientes.
Personas físicas o unidades familiares en situación de grave necesidad, residentes en El Puig de Santa María, cuyos ingresos per cápita no superen el 100% del IPREM vigente.
0€ por adelantado. Solo cobramos el 10% si te la conceden, y sale del dinero que te ingresan — nunca de tu bolsillo. Si no te la dan, no pagas nada.
Importe según convocatoria
Fondai la prepara y la presenta por ti
Cobramos después de que tú cobres · si no sale, no pagas
7 fases y 22 tareas hasta presentarla, ya preparadas para esta ayuda. Toca cualquiera para entrar.
Después de presentar viene cobrar: te lo enseñamos cuando toque.
No estás contratando nada. La solicitud solo se presenta después de tu visto bueno.
El pago se realiza mediante transferencia a la cuenta bancaria designada por el solicitante en el modelo de domiciliación bancaria, una vez aprobada la ayuda.
El documento no especifica un importe máximo único por beneficiario, sino que establece límites según el concepto (vivienda, energía, necesidades básicas) basados en un porcentaje del IPREM mensual hasta un máximo de 3 mensualidades.
Personas físicas o unidades familiares en situación de grave necesidad que residan en El Puig de Santa María y cuyos ingresos per cápita no superen el 100% del IPREM anual.
El plazo finaliza el 31 de octubre de 2026. Se solicita mediante la presentación de los impresos normalizados en el Registro General del Ayuntamiento o registros auxiliares.
Es una subvención a fondo perdido, pero estás obligado a justificar el gasto realizado. El incumplimiento de esta obligación o una justificación insuficiente será causa de reintegro de las cantidades percibidas.
0€ ahora · solo 10% cuando la consigas y cobres