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Ayuntamiento de PUIG de Santa Maria, el

Convocatoria abierta

Supera situaciones de emergencia social en tu hogar

Beneficiarios

Autónomo

Ámbito

El Puig de Santa María

Ayuda

Según convocatoria

Plazo

31 oct 2026

0 € por adelantado · solo 10% a éxito— cobramos después de que tú cobres

¿Para qué te sirve?

Si te encuentras en una situación de grave necesidad, esta ayuda del Ayuntamiento de El Puig de Santa María te ofrece un respiro económico. Podrías usarla para cubrir gastos básicos como el alquiler o la hipoteca de tu vivienda habitual, pagar facturas de luz o gas para evitar cortes, o sufragar gastos extraordinarios y de desplazamiento necesarios. Es una ayuda directa para personas o unidades familiares que no cuentan con recursos suficientes.

¿Quién puede pedirla?

Personas físicas o unidades familiares en situación de grave necesidad, residentes en El Puig de Santa María, cuyos ingresos per cápita no superen el 100% del IPREM vigente.

Autónomo

¿Cuánto cuesta?

0€ por adelantado. Solo cobramos el 10% si te la conceden, y sale del dinero que te ingresan — nunca de tu bolsillo. Si no te la dan, no pagas nada.

Importe según convocatoria

Fondai la prepara y la presenta por ti

0€por adelantado
10%solo a éxito

Cobramos después de que tú cobres · si no sale, no pagas

Tu trámite, entero

7 fases y 22 tareas hasta presentarla, ya preparadas para esta ayuda. Toca cualquiera para entrar.

Después de presentar viene cobrar: te lo enseñamos cuando toque.

No estás contratando nada. La solicitud solo se presenta después de tu visto bueno.

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Cobramos después de que tú cobres · si no sale, no pagas

Convocatoria abierta

Lo preparamos nosotros. Tú pones cuatro datos y una firma.

Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

El pago se realiza mediante transferencia a la cuenta bancaria designada por el solicitante en el modelo de domiciliación bancaria, una vez aprobada la ayuda.

¿Cuánto dinero te dan?

El documento no especifica un importe máximo único por beneficiario, sino que establece límites según el concepto (vivienda, energía, necesidades básicas) basados en un porcentaje del IPREM mensual hasta un máximo de 3 mensualidades.

¿Quién puede pedirla?

Personas físicas o unidades familiares en situación de grave necesidad que residan en El Puig de Santa María y cuyos ingresos per cápita no superen el 100% del IPREM anual.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo finaliza el 31 de octubre de 2026. Se solicita mediante la presentación de los impresos normalizados en el Registro General del Ayuntamiento o registros auxiliares.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, pero estás obligado a justificar el gasto realizado. El incumplimiento de esta obligación o una justificación insuficiente será causa de reintegro de las cantidades percibidas.

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