
Ejecuta proyectos de desarrollo rural en el territorio Campoder
Hasta150.000 €
Consejería de AGUA, Agricultura, Ganadería y Pesca
Plazo pendiente de confirmarAutónomo · Pyme (10-249)
Región de Murcia
Según convocatoria
Pendiente de confirmar
Si eres armador o pescador en la Región de Murcia, esta ayuda compensa los días que tu barco debe permanecer amarrado en puerto por vedas o planes de gestión. Podrás usarla para cubrir los costes fijos de tu embarcación o compensar la falta de ingresos durante el tiempo de inactividad obligatoria. Está abierta a profesionales del sector de arrastre, cerco y palangre y cubre una parte importante de las pérdidas según el periodo de parada.
Armadores y pescadores de buques con base en la Región de Murcia, dedicados a la pesca de arrastre, cerco o palangre, que cumplan con los días de actividad mínima exigidos.
Te avisamos el día que se pueda pedir.
Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.
Se parecen a la que buscabas y tienen el plazo abierto. Las tramitamos por ti.
El pago se realiza mediante transferencia bancaria a la cuenta del beneficiario tras la justificación de la inactividad pesquera y la comprobación de los requisitos por el órgano instructor.
El importe se calcula mediante fórmulas específicas basadas en el arqueo bruto (GT) del buque, el lucro cesante y los días de parada subvencionables. Las bases no concretan una cuantía máxima única por beneficiario, ya que depende de cada caso.
Armadores y pescadores enrolados en buques con puerto base en la Región de Murcia que realicen paradas temporales obligatorias en las modalidades de cerco, palangre o arrastre. Deben cumplir requisitos de actividad pesquera previa y estar al corriente de obligaciones tributarias.
Existen tres periodos de solicitud según la modalidad y tramo de veda (mayo, junio y noviembre de 2026). Se presenta a través de la sede electrónica de la CARM o presencialmente en los lugares habilitados.
Es una subvención a fondo perdido, pero deberás devolverla si incumples las condiciones (como reanudar la actividad durante la parada o no mantener los criterios de selección durante 5 años). El incumplimiento parcial puede derivar en un reintegro proporcional.
Aún sin fecha de convocatoria