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Secretaría General Técnica del Departamento de Economía, Empleo e Industria

Plazo pendiente de confirmar

Repara los daños de tu negocio tras las lluvias torrenciales

Beneficiarios

Autónomo · Microempresa (1-9) · Pyme (10-249)

Ámbito

Aragón

Ayuda

Hasta 150.000 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si tu negocio en Aragón sufrió daños por las lluvias torrenciales de julio de 2025, esta ayuda te ayuda a recuperar la normalidad. Podrías usarla para reconstruir instalaciones, reponer maquinaria, vehículos dañados o recuperar mercancías que quedaron inservibles. Está abierta a establecimientos industriales, mercantiles y comerciales, cubriendo hasta el 100% de los daños acreditados según los límites establecidos.

¿Quién puede pedirla?

Personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos industriales, mercantiles o comerciales en los municipios afectados de Zaragoza y Teruel.

AutónomoMicroempresa (1-9)Pyme (10-249)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 100% del coste elegible, con un límite de 150.000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 150.000 €
  • Intensidad: hasta el 100% del coste elegible
  • Sector: Comercio
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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

El pago se realiza tras acreditar la realización de la actuación subvencionada y haber justificado el gasto efectivamente pagado.

¿Cuánto dinero te dan?

Hasta 150.000 euros para establecimientos industriales y mercantiles, y hasta 3.000 euros para establecimientos comerciales. La ayuda puede cubrir hasta el 100% de los daños acreditados, restando otras indemnizaciones recibidas.

¿Quién puede pedirla?

Personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos industriales, mercantiles o comerciales ubicados en los municipios de Zaragoza y Teruel afectados por las lluvias de julio de 2025.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de dos meses desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Aragón. Se presenta de forma electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón (trámite 11128).

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con la finalidad y obligaciones. Deberás reintegrarla si incumples las condiciones, alteras los fines o recibes otras ayudas que superen el valor del daño.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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