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Importe según convocatoria

Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios
Importe según convocatoria
Si tienes una explotación agraria, esta ayuda te facilita la compra de maquinaria nueva más eficiente y segura. Podrías usarla para adquirir tractores, sembradoras de siembra directa, equipos de aplicación de fitosanitarios o cisternas con sistemas de purines localizados. El programa busca reducir emisiones y mejorar la sostenibilidad de tu trabajo en el campo.
Autónomos y pymes del sector agrario que cumplan los requisitos del Real Decreto 1055/2021 y realicen el achatarramiento de maquinaria obsoleta.
El plazo de esta edición ya pasó. Las ayudas como esta suelen reabrir cada año — te avisamos en cuanto vuelva.
| Organismo | Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios |
|---|---|
| Importe máximo | Según convocatoria |
| Plazo | 15 sept 2024 |
| Sector | Sostenibilidad |
| Código BDNS | 776847 |
Tramitación guiada
Preparamos y presentamos el expediente por ti.
Subsanaciones incluidas
Si la administración pide algo, lo gestionamos.
Cobro a éxito
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Responde unas preguntas rápidas sobre tu negocio. Te decimos si cumples los requisitos de la convocatoria de sostenibilidad sin tener que leer el BOE.
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Recopilamos la documentación, redactamos la memoria técnica y presentamos la solicitud en la sede oficial.
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
La cuantía depende de cada caso según lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 1055/2021. Las bases no especifican un importe máximo único por beneficiario, pero sí establecen límites mínimos de 1.000 euros (o 600 euros para dispositivos de purines).
Pueden solicitarla autónomos y pymes del sector agrario que cumplan los requisitos del Real Decreto 1055/2021 y que procedan a achatarrar maquinaria obsoleta del mismo tipo que la nueva adquirida.
El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 15 sept 2024). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.
El pago se realiza tras la resolución favorable y la correcta justificación de la inversión y el achatarramiento de la maquinaria antigua, conforme a los procedimientos del Real Decreto 1055/2021.
Es una subvención a fondo perdido. Sin embargo, deberás devolverla si incumples obligaciones como mantener la maquinaria durante 5 años o si vendes el equipo sin autorización administrativa.

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