
Impulsa la sostenibilidad de tu negocio con ayudas directas
Hasta4494 €
Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo
Convocatoria cerradaAutónomo · Microempresa (1-9) · Pyme (10-249) · Grande (250+) · Asociación / entidad
Principado de Asturias
Según convocatoria
31 dic 2025
Si tu negocio necesita dar el salto a la movilidad eléctrica, esta ayuda te permite ahorrar en la compra de vehículos y en la instalación de puntos de recarga. Podrías usarla para comprar una furgoneta eléctrica para tus repartos, adquirir un coche híbrido enchufable para visitas a clientes o instalar cargadores en tu local o almacén. Está abierta a autónomos y empresas de Asturias y cubre una parte importante de la inversión.
Autónomos, pymes y grandes empresas con residencia fiscal en España que realicen la inversión en Asturias o tengan residencia fiscal en Asturias y realicen la inversión en territorio nacional.
Suele reabrir cada año. Te avisamos el primer día.
Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.
Se parecen a la que buscabas y tienen el plazo abierto. Las tramitamos por ti.
Con carácter general, se cobra en un único pago tras justificar la realización de la actividad. Existe la posibilidad de solicitar un abono anticipado previa constitución de garantía.
El documento no especifica un importe máximo por beneficiario, sino que remite a los límites y cuantías establecidos en el Anexo III del Real Decreto 266/2021. El porcentaje de cobertura depende de la línea y tipo de beneficiario.
Autónomos, empresas, comunidades de propietarios y entidades públicas con residencia fiscal en España, siempre que la inversión se realice en Asturias o, si el solicitante tiene residencia fiscal en Asturias, en territorio nacional.
El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 31 dic 2025). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.
Es una subvención a fondo perdido. Solo deberás devolverla si incumples las condiciones de la convocatoria, no justificas correctamente la inversión o si se detectan irregularidades en la documentación presentada.
Cerrada — suele reabrir cada año