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Ayuntamiento de Pinto
Importe según convocatoria
Si eres propietario o parte de una comunidad de vecinos, esta ayuda te permite mejorar la eficiencia energética de tu edificio. Podrías usarla para aislar fachadas, cambiar ventanas o renovar instalaciones térmicas, logrando un ahorro energético importante. La ayuda cubre una parte de la inversión total, dependiendo del ahorro energético que consigas.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 80% del coste elegible del proyecto.
Propietarios, comunidades de propietarios o usufructuarios de edificios de uso residencial en Pinto, con el requisito de lograr una reducción de al menos el 30% en el consumo de energía primaria no renovable.
Esta convocatoria no tiene plazo confirmado ahora mismo. Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir.
| Organismo | Ayuntamiento de Pinto |
|---|---|
| Importe máximo | Según convocatoria |
| Plazo | Sin confirmar · te avisamos en cuanto se confirme |
| Sector | Eficiencia energética |
| Intensidad de la ayuda | Hasta el 80% del proyecto |
| Código BDNS | 819911 |
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Responde unas preguntas rápidas sobre tu negocio. Te decimos si cumples los requisitos de la convocatoria de eficiencia energética sin tener que leer el BOE.
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
La cuantía máxima depende del ahorro energético conseguido y del número de viviendas, pudiendo cubrir hasta el 80% del coste de la actuación. Las bases no concretan un límite único por beneficiario, sino que se calculan según los criterios de cuantía máxima establecidos.
Pueden solicitarla propietarios, comunidades de propietarios, usufructuarios o arrendatarios de edificios de uso residencial en Pinto, siempre que la actuación logre una reducción de al menos el 30% en el consumo de energía primaria no renovable.
El plazo es de tres meses desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Se presenta exclusivamente por medios electrónicos a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Pinto.
El abono se realiza tras la justificación de las obras y la verificación previa por parte de la Comunidad de Madrid. Existe la posibilidad de solicitar un anticipo del 50% si se cumplen condiciones específicas como presentar aval o seguro de caución.
Es una subvención a fondo perdido, pero deberás devolverla si no cumples con la finalidad, si no justificas correctamente la inversión o si se detectan falsedades en los datos aportados, incluyendo los intereses de demora correspondientes.

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