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Ayuntamiento de Pinto
Importe según convocatoria
Si eres propietario o parte de una comunidad de vecinos en Pinto, esta ayuda te permite renovar tu edificio para que sea más eficiente y cómodo. Podrías usarla para mejorar el aislamiento de las fachadas, cambiar las ventanas por unas más aislantes o instalar sistemas de energías renovables. La ayuda cubre una parte importante de la inversión, dependiendo del ahorro energético que consigas.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 80% del coste elegible del proyecto.
Propietarios, comunidades de propietarios, usufructuarios o arrendatarios de edificios de uso residencial en Pinto, siempre que la obra logre al menos un 30% de ahorro en energía primaria no renovable.
Esta convocatoria no tiene plazo confirmado ahora mismo. Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir.
| Organismo | Ayuntamiento de Pinto |
|---|---|
| Importe máximo | Según convocatoria |
| Plazo | Sin confirmar |
| Sector | Eficiencia energética |
| Intensidad de la ayuda | Hasta el 80% del proyecto |
| Código BDNS | 819911 |
Tramitación guiada
Preparamos y presentamos el expediente por ti.
Subsanaciones incluidas
Si la administración pide algo, lo gestionamos.
Cobro a éxito
0€ por adelantado, 10% solo si te la conceden.
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Responde unas preguntas rápidas sobre tu negocio. Te decimos si cumples los requisitos de la convocatoria de eficiencia energética sin tener que leer el BOE.
Cuéntanos tu proyecto
Sin jerga técnica ni visitas a ninguna oficina: nos explicas qué quieres hacer y aportamos los documentos que ya tenemos.
Fondai prepara el expediente
Recopilamos la documentación, redactamos la memoria técnica y presentamos la solicitud en la sede oficial.
La administración decide
Hacemos el seguimiento y gestionamos cualquier requerimiento o subsanación que llegue durante la tramitación.
Cobras y listo
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
La cuantía máxima depende del ahorro energético conseguido, pudiendo cubrir hasta el 80% del coste de la actuación. Las bases no fijan un límite único por beneficiario, sino que se calculan según el número de viviendas y el ahorro energético logrado.
Pueden solicitarla propietarios, comunidades de propietarios, usufructuarios o arrendatarios de edificios residenciales en Pinto, siempre que la obra logre al menos un 30% de ahorro en energía primaria no renovable.
El plazo es de tres meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Se debe presentar de forma electrónica a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Pinto.
El abono se realiza una vez comprobada la ejecución de la actuación y entregada la documentación justificativa. Existe la posibilidad de solicitar un anticipo del 50% si se cumplen ciertos requisitos de garantía.
Es una subvención a fondo perdido, pero deberás devolverla si incumples la finalidad, no justificas correctamente los gastos, o si se detectan falsedades en los datos aportados. También se exige el reintegro si la vivienda se transmite en los cinco años siguientes a recibir una ayuda complementaria.

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