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Ayuntamiento de RUBÍ
Hasta6000 €para tu negocio
Si tienes una vivienda vacía en Rubí, esta ayuda te permite ponerla a punto para incorporarla al mercado de alquiler social. Podrías usarla para arreglar la cocina o el baño, mejorar la eficiencia energética con nuevas ventanas o adaptar el piso para personas con movilidad reducida. La subvención cubre hasta 6.000 € por vivienda para que la pongas en alquiler con todas las garantías.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. El importe máximo que puedes recibir es de 6000 €.
Propietarios de viviendas (personas físicas o jurídicas) que las incorporen o mantengan en la Bolsa de Mediación para el Alquiler Social (BMLLS) de Rubí.
Esta convocatoria no tiene plazo confirmado ahora mismo. Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir.
| Organismo | Ayuntamiento de RUBÍ |
|---|---|
| Importe máximo | 6000 € |
| Plazo | Sin confirmar · te avisamos en cuanto se confirme |
| Sector | Eficiencia energética |
| Código BDNS | 850303 |
Comprueba si encajas
Responde unas preguntas rápidas sobre tu negocio. Te decimos si cumples los requisitos de la convocatoria de eficiencia energética sin tener que leer el BOE.
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Sin jerga técnica ni visitas a ninguna oficina: nos explicas qué quieres hacer y aportamos los documentos que ya tenemos.
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Recopilamos la documentación, redactamos la memoria técnica y presentamos la solicitud en la sede oficial.
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Hacemos el seguimiento y gestionamos cualquier requerimiento o subsanación que llegue durante la tramitación.
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
Puedes recibir hasta 6.000 € por vivienda, siempre que el importe no supere el coste de la inversión realizada.
Personas físicas o jurídicas propietarias de viviendas en Rubí que se incorporen o ya formen parte de la Bolsa de Mediación para el Alquiler Social (BMLLS).
El plazo es de 1 mes desde la publicación de la convocatoria. Se presenta preferentemente de forma telemática en la Seu Electrònica del Ayuntamiento de Rubí.
El pago se realiza tras la justificación de las obras realizadas y la presentación de la documentación requerida, incluyendo el contrato de alquiler.
Es una subvención a fondo perdido, pero debes mantener el contrato de alquiler en la BMLLS por un periodo mínimo de 5 años (personas físicas) o 7 años (personas jurídicas).

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