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Diputación Foral de Bizkaia
Importe según convocatoria
Si has tenido que realizar intervenciones arqueológicas o paleontológicas obligatorias por ley debido a tus obras, esta ayuda de la Diputación Foral de Bizkaia te compensa parte de esos costes. Podrías usarla para cubrir los gastos de prospecciones, sondeos o excavaciones que te hayan exigido para poder seguir adelante con tu proyecto. La ayuda cubre el 50% de los gastos justificados, ayudándote a aliviar la carga económica de estas actuaciones obligatorias.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 50% del coste elegible del proyecto.
Autónomos, empresas y profesionales que hayan realizado intervenciones arqueológicas obligatorias en Bizkaia entre el 16 de junio de 2024 y el 15 de junio de 2025.
El plazo de esta edición ya pasó. Las ayudas como esta suelen reabrir cada año — te avisamos en cuanto vuelva.
| Organismo | Diputación Foral de Bizkaia |
|---|---|
| Importe máximo | Según convocatoria |
| Plazo | 4 jul 2025 |
| Sector | Comercio |
| Intensidad de la ayuda | Hasta el 50% del proyecto |
| Código BDNS | 786759 |
Tramitación guiada
Preparamos y presentamos el expediente por ti.
Subsanaciones incluidas
Si la administración pide algo, lo gestionamos.
Cobro a éxito
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
La ayuda cubre el 50% de los gastos justificados de la intervención arqueológica o paleontológica. No se especifica un importe máximo total por beneficiario, pero el presupuesto global de la convocatoria es de 80.000 euros.
Pueden solicitarla personas físicas (autónomos), empresas no participadas y profesionales que hayan realizado intervenciones arqueológicas o paleontológicas obligatorias en el Territorio Histórico de Bizkaia.
El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 4 jul 2025). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.
El pago se realiza tras la justificación de la actividad y la comprobación de que el beneficiario está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Es una subvención a fondo perdido. Deberás devolverla si incumples las obligaciones de justificación, si falseas las condiciones para obtenerla o si el coste total de la actividad es inferior a la financiación recibida.

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