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Servicio Público de Empleo de Cataluña
Hasta3000 €para tu negocio
Si tu empresa o entidad ha acogido alumnos en prácticas profesionales no laborales, esta ayuda te permite compensar los gastos derivados de su formación. Podrías usarla para cubrir los costes operativos que supone tutorizar a estos estudiantes en tu día a día. Está abierta a empresas y entidades con menos de 250 trabajadores en Cataluña. La ayuda cubre 3 euros por cada hora de prácticas realizada, con un máximo de 3.000 euros por beneficiario.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. El importe máximo que puedes recibir es de 3000 €.
Empresas y entidades con menos de 250 trabajadores que hayan acogido alumnos en prácticas profesionales no laborales vinculadas a certificados profesionales en Cataluña.
Esta convocatoria no tiene plazo confirmado ahora mismo. Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir.
| Organismo | Servicio Público de Empleo de Cataluña |
|---|---|
| Importe máximo | 3000 € |
| Plazo | Sin confirmar |
| Sector | Contratación |
| Código BDNS | 842661 |
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Preparamos y presentamos el expediente por ti.
Subsanaciones incluidas
Si la administración pide algo, lo gestionamos.
Cobro a éxito
0€ por adelantado, 10% solo si te la conceden.
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
La ayuda es de 3 euros por cada hora de prácticas realizada, con un límite máximo de 3.000 euros por empresa o entidad solicitante.
Pueden solicitarla empresas y entidades con menos de 250 trabajadores que hayan acogido alumnos en prácticas profesionales no laborales vinculadas a un certificado profesional entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2024.
El plazo es de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el DOGC. Se presenta de forma telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat de Catalunya.
El pago se realiza en un único desembolso una vez verificada la documentación y el cumplimiento de los requisitos, tras la notificación de la resolución de otorgamiento.
Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve, siempre que se cumplan todas las obligaciones y requisitos establecidos en la normativa reguladora.

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