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Ayuntamiento de Alqueria de la Comtessa, L'

Plazo pendiente de confirmar

Recibe una ayuda económica por el nacimiento o adopción de tu hijo

Beneficiarios

Autónomo

Ámbito

l'Alqueria de la Comtessa

Ayuda

Hasta 400 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si has sido padre o madre recientemente, esta ayuda municipal te ofrece un apoyo económico para afrontar los gastos iniciales de tu bebé. Podrías usarla para cubrir necesidades básicas como pañales, ropa, alimentación o artículos de puericultura. Está abierta a familias empadronadas en l'Alqueria de la Comtessa y cubre 400 euros por cada hijo nacido o adoptado durante 2024.

¿Quién puede pedirla?

Padres o madres con hijos nacidos o adoptados en 2024, empadronados en l'Alqueria de la Comtessa (con antigüedad mínima de 3 meses en familias monoparentales).

Autónomo

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. El importe máximo que puedes recibir es de 400 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Sin concurso: no compites con nadie — se concede por orden de solicitud a quien cumple los requisitos, hasta agotar el presupuesto. Por eso llegar pronto importa.
  • Importe máximo: 400 €
  • Sector: Comercio
Ayuda de importe pequeño

Por debajo de 3000 € la tramitación a éxito no compensa — ni a ti ni a nosotros. La ficha te cuenta todo lo necesario para pedirla por tu cuenta.

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Fuentes oficiales
Bases reguladoras (texto oficial)

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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

Las bases no especifican el momento exacto del pago; te lo confirmamos al preparar tu expediente.

¿Cuánto dinero te dan?

La ayuda es de 400 euros por cada hijo nacido o adoptado, hasta agotar el crédito disponible.

¿Quién puede pedirla?

Padres, madres o tutores legales empadronados en l'Alqueria de la Comtessa, siempre que el nacimiento o adopción haya ocurrido entre el 01/01/2024 y el 31/12/2024.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de 10 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOP de València. Se puede presentar telemáticamente en la sede electrónica o presencialmente en las oficinas del Ayuntamiento.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido. Deberás devolverla si incumples las obligaciones, como mantener el empadronamiento durante al menos un año desde la concesión.

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