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Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears

Convocatoria cerrada

Impulsa tu proyecto audiovisual con estas ayudas a la producción

Beneficiarios

Autónomo · Pyme (10-249)

Ámbito

Illes Balears

Ayuda

Hasta 175.000 €

Plazo

5 sept 2025

¿Para qué te sirve?

Si te dedicas al sector audiovisual en las Illes Balears, esta convocatoria es una oportunidad para financiar tus nuevos proyectos. Podrías usarla para cubrir gastos de producción y coproducción de largometrajes, documentales, cortometrajes o series web. La ayuda está abierta a empresas del sector y cubre una parte importante de la inversión necesaria para llevar tu obra a la pantalla.

¿Quién puede pedirla?

Empresas del sector audiovisual (autónomos o pymes) con sede o actividad en las Illes Balears que cumplan los requisitos de la convocatoria.

AutónomoPyme (10-249)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. El importe máximo que puedes recibir es de 175.000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 175.000 €
  • Sector: Innovación
Cerrada — volverá

Suele reabrir cada año. Te avisamos el primer día.

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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

El abono se realiza de acuerdo con las opciones previstas en el apartado 19 de la convocatoria, sujeto a la justificación efectiva de las obligaciones y costes del proyecto.

¿Cuánto dinero te dan?

El importe máximo por beneficiario es de 175.000 € para largometrajes. Las bases no especifican un porcentaje fijo de cobertura, ya que depende del presupuesto del proyecto y la disponibilidad de crédito.

¿Quién puede pedirla?

Pueden pedirla autónomos y empresas del sector audiovisual con actividad en las Illes Balears que cumplan los requisitos técnicos y de solvencia previstos en la convocatoria.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 5 sept 2025). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido. Solo deberás devolverla si incumples las obligaciones de justificación, los plazos o los requisitos exigidos en las bases.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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