
Impulsa tus proyectos audiovisuales con esta ayuda a la creación
Importe según convocatoria

Dirección General de Cultura
Hasta100.000 €para tu negocio
Si tienes una empresa del sector audiovisual en Aragón, esta convocatoria te ayuda a financiar tus proyectos de cine. Podrás usarla para cubrir gastos de desarrollo de guion, rodaje, postproducción, o incluso para contratar personal técnico y artístico. La ayuda cubre hasta el 80% de los gastos, con importes máximos por beneficiario que varían según la modalidad elegida.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 80% del coste elegible, con un límite de 100.000 €.
Empresas del sector audiovisual con domicilio social en Aragón que estén dadas de alta en el epígrafe 961 del IAE.
Esta convocatoria no tiene plazo confirmado ahora mismo. Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir.
| Organismo | Dirección General de Cultura |
|---|---|
| Importe máximo | 100.000 € |
| Plazo | Sin confirmar · te avisamos en cuanto se confirme |
| Sector | Innovación |
| Intensidad de la ayuda | Hasta el 80% del proyecto |
| Código BDNS | 845157 |
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Responde unas preguntas rápidas sobre tu negocio. Te decimos si cumples los requisitos de la convocatoria de innovación sin tener que leer el BOE.
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
Puedes recibir hasta 12.000 € para desarrollo de proyectos o hasta 100.000 € para producción y postproducción, cubriendo siempre un máximo del 80% del coste total de la actividad.
Empresas del sector audiovisual con domicilio social en Aragón que estén dadas de alta en el epígrafe 961 del Impuesto de Actividades Económicas.
El plazo es de 10 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOA. Se presenta exclusivamente de forma electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón.
Se puede solicitar un pago anticipado de hasta el 50% de la ayuda concedida (con un límite de 60.000 €). El resto se abona tras justificar la realización de la actividad.
Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con el proyecto y justificas correctamente los gastos. Deberás reintegrarla si incumples las obligaciones o no realizas la actividad subvencionada.

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