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Coordinación General de la Alcaldía

Plazo pendiente de confirmar

Produce tu largometraje con el apoyo del Ayuntamiento de Madrid

Beneficiarios

Autónomo · Microempresa (1-9) · Pyme (10-249)

Ámbito

Madrid

Ayuda

Hasta 100.000 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si tienes una productora audiovisual, esta ayuda te permite financiar la producción de largometrajes de ficción o documental vinculados a Madrid. Podrías usarla para cubrir gastos de contratación de equipo técnico y artístico, alquiler de equipos de rodaje, postproducción o diseño de efectos especiales. La ayuda cubre hasta el 50% de tu presupuesto, con un tope de 100.000 € por proyecto.

¿Quién puede pedirla?

Empresas de producción audiovisual independientes (pymes o autónomos) con residencia fiscal en la Comunidad de Madrid o que vinculen su proyecto a la ciudad.

AutónomoMicroempresa (1-9)Pyme (10-249)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 50% del coste elegible, con un límite de 100.000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 100.000 €
  • Intensidad: hasta el 50% del coste elegible
  • Sector: Innovación
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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

Se realiza un pago anticipado del 100% del importe concedido mediante transferencia bancaria, una vez publicada la resolución definitiva de concesión.

¿Cuánto dinero te dan?

Puedes recibir hasta 100.000 € por proyecto para largometrajes de ficción o animación, y hasta 60.000 € para documentales, cubriendo un máximo del 50% del presupuesto de producción.

¿Quién puede pedirla?

Empresas de producción audiovisual independientes (autónomos o pymes) con residencia fiscal en la Comunidad de Madrid o que acrediten una vinculación específica con la ciudad.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es del 1 de febrero al 31 de marzo de cada anualidad. Se presenta de forma electrónica a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, pero deberás devolverla si no justificas correctamente los gastos, si no cumples con la finalidad del proyecto o si no mantienes los requisitos exigidos.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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