
Mejora la sostenibilidad y accesibilidad de tu negocio cultural
Importe según convocatoria

Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte del Ayuntamiento de Madrid
Hasta150.000 €para tu negocio
Si gestionas un espacio cultural en Madrid, esta convocatoria te ayuda a cubrir los gastos de tu actividad diaria. Podrías usar el dinero para pagar el alquiler de la sala, contratar servicios técnicos, imprimir cartelería o invertir en campañas de publicidad y ticketing. La ayuda cubre hasta el 30% de tu presupuesto de gastos subvencionables, con límites específicos según el tipo de sala.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 30% del coste elegible, con un límite de 150.000 €.
Empresas privadas (personas físicas o jurídicas) que gestionen espacios de formato medio y grande de actividad escénica o salas de exhibición cinematográfica en Madrid.
El plazo de esta edición ya pasó. Las ayudas como esta suelen reabrir cada año — te avisamos en cuanto vuelva.
| Organismo | Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte del Ayuntamiento de Madrid |
|---|---|
| Importe máximo | 150.000 € |
| Plazo | 21 mar 2026 |
| Sector | Innovación |
| Intensidad de la ayuda | Hasta el 30% del proyecto |
| Código BDNS | 892336 |
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
Puedes recibir hasta 150.000 € para salas de actividad escénica o 50.000 € para salas de cine, cubriendo como máximo el 30% de tu presupuesto de gastos subvencionables.
Empresas privadas, ya sean autónomos o pymes, que gestionen espacios de formato medio o grande de actividad escénica o salas de cine en la ciudad de Madrid.
El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 21 mar 2026). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.
El pago se realiza con carácter anticipado a la justificación, una vez aprobada la concesión de la subvención y siempre que estés al corriente de tus obligaciones tributarias.
Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con el objetivo y justificas correctamente los gastos. Deberás reintegrarla si incumples las condiciones o las obligaciones establecidas en las bases.

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