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Hasta1000 €

Departamento de Cultura, Deporte y Turismo
Hasta80.000 €para tu negocio
Si te dedicas al sector audiovisual en Navarra, esta ayuda te apoya para organizar laboratorios, residencias o foros de creación. Podrías usarla para cubrir gastos de alquiler de salas, contratar ponentes y tutores, o desarrollar plataformas virtuales para tus actividades. La subvención cubre hasta el 70% de tu presupuesto aceptado, con un máximo de 80.000 euros por proyecto.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 70% del coste elegible, con un límite de 80.000 €.
Personas físicas y empresas del sector audiovisual con domicilio fiscal y actividad en Navarra desde al menos el 1 de enero de 2024.
Te avisamos el día que se pueda pedir.
| Organismo | Departamento de Cultura, Deporte y Turismo |
|---|---|
| Importe máximo | 80.000 € |
| Plazo | Sin confirmar · te avisamos en cuanto se confirme |
| Sector | Innovación |
| Intensidad de la ayuda | Hasta el 70% del proyecto |
| Código BDNS | 799720 |
Comprueba si encajas
Responde unas preguntas rápidas sobre tu negocio. Te decimos si cumples los requisitos de la convocatoria de innovación sin tener que leer el BOE.
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La administración decide
Hacemos el seguimiento y gestionamos cualquier requerimiento o subsanación que llegue durante la tramitación.
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
Puedes recibir hasta 80.000 euros por proyecto, cubriendo un máximo del 70% del presupuesto aceptado.
Autónomos y empresas del sector audiovisual con domicilio fiscal y actividad en Navarra desde, al menos, el 1 de enero de 2024.
El plazo es de 30 días naturales desde la publicación en el Boletín Oficial de Navarra. Se presenta telemáticamente a través del Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Con carácter general, se cobra tras justificar la realización del gasto al finalizar el proyecto. Existen modalidades excepcionales de pago a cuenta o anticipo bajo solicitud expresa.
Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con el objeto de la ayuda y justificas correctamente los gastos. Deberás reintegrarla si no justificas la actividad o incumples las obligaciones de la convocatoria.