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España[email protected]Ayuda Pyme Soluciones Empresariales, S.L. · NIF B26766162
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Organiza eventos y foros empresariales con ayuda pública

Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo

Organiza eventos y foros empresariales con ayuda pública

Beneficiarios

Asociación / entidad · Pyme (10-249) · Microempresa (1-9) · Autónomo

Ámbito

Principado de Asturias

Ayuda

Hasta 10.000 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si organizas encuentros, jornadas o foros empresariales en Asturias, esta ayuda te permite financiar los gastos derivados de su puesta en marcha. Podrías usarla para cubrir costes de alquiler de salas, servicios de catering, ponentes o la difusión del evento. Está abierta a empresas, corporaciones locales y entidades sin ánimo de lucro, cubriendo el 100% de los gastos subvencionables hasta un máximo de 10.000 euros.

¿Quién puede pedirla?

Empresas, corporaciones locales y entidades sin ánimo de lucro que realicen eventos empresariales en el Principado de Asturias.

Asociación / entidadPyme (10-249)Microempresa (1-9)Autónomo

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 100% del coste elegible, con un límite de 10.000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 10.000 €
  • Intensidad: hasta el 100% del coste elegible
  • Sector: Comercio
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Avisarte es gratis. Si luego la pedimos por ti: 0 € por adelantado y solo el 10% si te la conceden, del dinero que te ingresa la administración. Tú cobras primero; nosotros después.

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Preguntas frecuentes

Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.

¿Cómo y cuándo se cobra?

El pago se realiza tras la justificación de la realización de la actividad y la presentación de los gastos correspondientes.

¿Cuánto dinero te dan?

Puedes recibir hasta 10.000 euros, cubriendo el 100% de los gastos subvencionables de tu evento, siempre que la inversión supere los 3.000 euros.

¿Quién puede pedirla?

Pueden solicitarla empresas, corporaciones locales y entidades sin ánimo de lucro que organicen eventos empresariales en el territorio de Asturias.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de 30 días naturales desde la publicación del extracto en el BOPA. Se presenta de forma electrónica a través de la sede electrónica del Principado de Asturias.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve, salvo que incumplas los objetivos, las obligaciones de publicidad o no justifiques correctamente los gastos.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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