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Dirección General de Comercio, Ferias y Artesanía
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Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 80% del coste elegible, con un límite de 4800 €.
Pequeñas y medianas empresas (PYMES) comerciales minoristas con establecimiento físico permanente en Aragón.
El plazo de esta edición ya pasó. Las ayudas como esta suelen reabrir cada año — te avisamos en cuanto vuelva.
| Organismo | Dirección General de Comercio, Ferias y Artesanía |
|---|---|
| Importe máximo | 4800 € |
| Plazo | 13 may 2026 |
| Sector | Comercio |
| Intensidad de la ayuda | Hasta el 80% del proyecto |
| Código BDNS | 898445 |
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
La ayuda cubre hasta el 80% de la inversión realizada, con un límite máximo de 6.000 euros de presupuesto subvencionable por establecimiento comercial.
Pueden solicitarla pequeñas y medianas empresas (PYMES) comerciales minoristas, incluyendo autónomos, que cuenten con un establecimiento físico permanente en Aragón.
El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 13 may 2026). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.
El pago se realiza tras la concesión de la ayuda, una vez que hayas acreditado el cumplimiento de la finalidad y justificado la realización del proyecto y el gasto.
Es una subvención a fondo perdido. Solo tendrías que devolverla si incumples las condiciones, como no mantener la finalidad de la inversión durante al menos 2 o 5 años según el tipo de bien.

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