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Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo
Hasta40.000 €para tu negocio
Si tienes un pequeño o mediano comercio en Asturias, esta ayuda te ayuda a renovar tu negocio y atraer más clientes. Podrías usarla para reformar la fachada, cambiar la iluminación por una más eficiente, comprar mobiliario nuevo o lanzar tu propia tienda online. La subvención cubre hasta el 50% de tu inversión, dándote un empujón para modernizarte.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 50% del coste elegible, con un límite de 40.000 €.
Pequeñas y medianas empresas (PYMES) con domicilio social y fiscal en Asturias que realicen actividad comercial minorista.
Esta convocatoria no tiene plazo confirmado ahora mismo. Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir.
| Organismo | Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo |
|---|---|
| Importe máximo | 40.000 € |
| Plazo | Sin confirmar · te avisamos en cuanto se confirme |
| Sector | Comercio |
| Intensidad de la ayuda | Hasta el 50% del proyecto |
| Código BDNS | 916969 |
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Responde unas preguntas rápidas sobre tu negocio. Te decimos si cumples los requisitos de la convocatoria de comercio sin tener que leer el BOE.
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Recopilamos la documentación, redactamos la memoria técnica y presentamos la solicitud en la sede oficial.
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Hacemos el seguimiento y gestionamos cualquier requerimiento o subsanación que llegue durante la tramitación.
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
La ayuda cubre hasta el 50% de la inversión subvencionable. El tope máximo por beneficiario es de 40.000 € para la línea de renovación de imagen y 9.000 € para la de nuevas tecnologías.
PYMES con domicilio social y fiscal en Asturias que realicen actividad comercial minorista y cumplan con los requisitos de plantilla y volumen de negocio.
El plazo es de un mes desde la publicación del extracto en el BOPA. Se presenta de forma telemática a través de la sede electrónica del Principado de Asturias.
Se cobra tras haber realizado la inversión, justificado el gasto y acreditado el pago efectivo de las facturas dentro del plazo establecido.
Es una subvención a fondo perdido, pero deberás devolverla si incumples las obligaciones, como no destinar los bienes al fin previsto durante al menos 2 o 5 años según el caso.

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