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Consellería de Empleo, Comercio y Emigración
Importe según convocatoria
Si eres autónomo o tienes una pequeña empresa en Galicia, esta ayuda te apoya para que tu negocio crezca y se mantenga fuerte. Podrías usarla para comprar equipamiento informático, renovar el mobiliario, hacer reformas sencillas en tu local o invertir en eficiencia energética. La ayuda cubre una parte importante de tu inversión, facilitando que puedas seguir adelante con tu actividad y mantener tus empleos de calidad.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 55% del coste elegible del proyecto.
Autónomos y pymes (incluyendo cooperativas y sociedades laborales) con domicilio fiscal en Galicia que hayan iniciado su actividad desde el 1 de enero de 2023.
El plazo de esta edición ya pasó. Las ayudas como esta suelen reabrir cada año — te avisamos en cuanto vuelva.
| Organismo | Consellería de Empleo, Comercio y Emigración |
|---|---|
| Importe máximo | Según convocatoria |
| Plazo | 30 jun 2025 |
| Sector | Comercio |
| Intensidad de la ayuda | Hasta el 55% del proyecto |
| Código BDNS | 832541 |
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
La cuantía depende del rango de inversión: 55% para inversiones de hasta 20.000 €, 50% hasta 30.000 € y 45% hasta 60.000 €. Existe un incremento del 10% adicional si el proyecto evita el cierre por relevo generacional.
Autónomos, mutualistas y pymes (incluyendo cooperativas y sociedades laborales) con domicilio fiscal en Galicia que hayan iniciado su actividad a partir del 1 de enero de 2023.
El plazo de esta edición ya terminó (cerró el 30 jun 2025). Las ayudas como esta suelen reabrir cada año: resérvala y te avisamos el primer día que vuelva.
El pago se realiza de forma nominativa a favor de la persona o entidad beneficiaria una vez acreditada la realización de la inversión y el pago de los gastos justificados.
Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve si cumples con todas las obligaciones, como mantener la actividad y la forma jurídica durante al menos dos años desde la concesión.

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