
Mejora la eficiencia energética de tu edificio terciario
Hasta750.000 €

Consejería de AGUA, Agricultura, Ganadería y Pesca
Importe según convocatoria
Si te dedicas a la pesca o a la acuicultura en la Región de Murcia, esta convocatoria te ayuda a modernizar tu actividad. Podrías usarla para renovar el motor de tu barco, mejorar la seguridad y condiciones laborales a bordo, o invertir en nuevas tecnologías para tu granja acuícola. La ayuda cubre una parte importante de la inversión y está abierta a autónomos y pymes del sector.
Autónomos, pymes y entidades sin ánimo de lucro del sector pesquero y acuícola en la Región de Murcia que cumplan los requisitos de admisibilidad.
Te avisamos el día que se pueda pedir.
| Organismo | Consejería de AGUA, Agricultura, Ganadería y Pesca |
|---|---|
| Importe máximo | Según convocatoria |
| Plazo | Sin confirmar · te avisamos en cuanto se confirme |
| Sector | Eficiencia energética |
| Código BDNS | 829732 |
Comprueba si encajas
Responde unas preguntas rápidas sobre tu negocio. Te decimos si cumples los requisitos de la convocatoria de eficiencia energética sin tener que leer el BOE.
Cuéntanos tu proyecto
Sin jerga técnica ni visitas a ninguna oficina: nos explicas qué quieres hacer y aportamos los documentos que ya tenemos.
Fondai prepara el expediente
Recopilamos la documentación, redactamos la memoria técnica y presentamos la solicitud en la sede oficial.
La administración decide
Hacemos el seguimiento y gestionamos cualquier requerimiento o subsanación que llegue durante la tramitación.
Cobras y listo
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
La convocatoria establece importes máximos por medida y anualidad, pero no especifica un límite único por beneficiario. El porcentaje de cobertura depende de la intensidad de ayuda definida en el Reglamento (UE) 1139/2021 y los criterios de selección.
Autónomos, pymes y entidades sin ánimo de lucro del sector pesquero y acuícola con puerto base o actividad en la Región de Murcia que cumplan con los requisitos de admisibilidad y no tengan sanciones graves.
El plazo es de 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BORM. Se presenta de forma electrónica a través de la sede electrónica de la CARM (www.sedecarm.es).
El pago se realiza tras la justificación de la inversión realizada y la comprobación por parte del órgano instructor. Se admiten pagos parciales y, en ciertos casos, pagos anticipados para la medida de innovación.
Es una subvención a fondo perdido, pero deberás reintegrarla si incumples las condiciones, como el cese de actividad o el cambio de propiedad de la inversión en los 5 años siguientes al pago final.