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Dirección General de Mundo Rural, CAZA, Pesca y Tauromaquia

Plazo pendiente de confirmar

Moderniza tu negocio de ocio en zonas rurales de Extremadura

Beneficiarios

Autónomo · Pyme (10-249)

Ámbito

Extremadura

Ayuda

Hasta 5000 €

Plazo

Pendiente de confirmar

¿Para qué te sirve?

Si tienes un bar, cafetería o establecimiento de ocio en un municipio pequeño de Extremadura, esta ayuda te ayuda a mantenerlo abierto y rentable. Podrías usarla para pagar facturas de luz, agua, gas, telecomunicaciones o logística durante un año. Es una subvención a fondo perdido que cubre el 100% de estos gastos de funcionamiento, hasta un máximo de 5.000 euros.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos y empresas con establecimiento de ocio (café-bar o cafetería) en municipios de menos de 300 habitantes en Extremadura.

AutónomoPyme (10-249)

¿Qué cubre esta ayuda?

Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 100% del coste elegible, con un límite de 5000 €.

  • Tipo: Subvención a fondo perdido
  • Concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan y compiten entre sí — la calidad del expediente marca la diferencia.
  • Importe máximo: 5000 €
  • Intensidad: hasta el 100% del coste elegible
  • Sector: Turismo
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Preguntas frecuentes

¿Cómo y cuándo se cobra?

Se abona en un único pago tras haber justificado la realización de la actividad y los gastos incurridos en el plazo máximo establecido.

¿Cuánto dinero te dan?

Puedes recibir hasta 5.000 euros a fondo perdido, cubriendo el 100% de los gastos de funcionamiento justificados durante los 12 meses posteriores a la concesión.

¿Quién puede pedirla?

Autónomos y empresas que gestionen un bar o cafetería en municipios de menos de 300 habitantes en Extremadura.

¿Hasta cuándo y cómo se solicita?

El plazo es de dos meses desde la publicación de la convocatoria. Se presenta de forma telemática a través del Registro Electrónico General de la Junta de Extremadura.

¿Hay que devolverla?

Es una subvención a fondo perdido, por lo que no se devuelve. Sin embargo, deberás mantener la actividad y cumplir con las obligaciones de publicidad, o podrías tener que reintegrarla.

¿Te interesa? Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir

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