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Importe según convocatoria

Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía
Hasta15.000 €para tu negocio
Si tienes un negocio vinculado al enogastroturismo en Castilla-La Mancha, esta ayuda te permite mejorar tus instalaciones para atraer a más visitantes. Podrías usarla para instalar puntos de carga para coches eléctricos, crear una sala de degustación para tus vinos o productos, o mejorar tu aparcamiento. La subvención cubre el 40% de la inversión, con un máximo de 15.000 euros por línea de ayuda.
Es una subvención a fondo perdido: el dinero concedido no hay que devolverlo. Financia hasta el 40% del coste elegible, con un límite de 15.000 €.
Autónomos y empresas (hoteles, restaurantes, bodegas, almazaras, queserías) con actividad en Castilla-La Mancha.
Esta convocatoria no tiene plazo confirmado ahora mismo. Resérvala y te avisamos el primer día que se pueda pedir.
| Organismo | Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía |
|---|---|
| Importe máximo | 15.000 € |
| Plazo | Sin confirmar · te avisamos en cuanto se confirme |
| Sector | Turismo |
| Intensidad de la ayuda | Hasta el 40% del proyecto |
| Código BDNS | 806498 |
Comprueba si encajas
Responde unas preguntas rápidas sobre tu negocio. Te decimos si cumples los requisitos de la convocatoria de turismo sin tener que leer el BOE.
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Lo que la gente pregunta antes de solicitar esta ayuda.
Puedes obtener hasta 15.000 euros por línea de ayuda solicitada, cubriendo el 40% del gasto subvencionable, con posibles incrementos según la zona geográfica.
Autónomos y empresas (hoteles, restaurantes, bodegas, almazaras, queserías) que realicen su actividad en Castilla-La Mancha y cumplan los requisitos de la convocatoria.
El plazo es de dos meses desde la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Se presenta de forma telemática con firma electrónica en la sede electrónica de la JCCM.
Se realiza un pago único tras la comprobación de la documentación justificativa de la inversión y el cumplimiento de las condiciones.
Es una subvención a fondo perdido, pero deberás devolverla si no justificas la inversión, si incumples los objetivos o si no mantienes la actividad durante al menos tres años.

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